Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

14 de octubre 2026 - 08:05

ARCA lanzó una nueva herramienta para liquidar los salarios de las empleadas domésticas

La nueva función calculará de manera automática parte de los conceptos de cada liquidación, permitirá corregir los montos antes de emitir el comprobante y mantendrá el acceso digital a aportes, contribuciones e intereses.

ver más

El organismo habilitó una función que calcula determinados conceptos del salario a partir de los datos registrados y los informados por el empleador. Los importes pueden corregirse antes de emitir el comprobante.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó un sistema de recibo de sueldo electrónico asistido para el personal de casas particulares, una herramienta que calculará automáticamente parte de los conceptos de cada liquidación y les permitirá a los empleadores revisar o modificar los importes antes de generar el comprobante.

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5912/2026, publicada en el Boletín Oficial con la firma del director ejecutivo de ARCA, Andrés Vázquez, y modifica la Resolución General 3693, que regula las modalidades de pago de aportes y contribuciones de este régimen.

Empleadas domésticas: ARCA incorporó una función para calcular los salarios

El cambio principal consiste en la incorporación de la funcionalidad “Recibo Asistido” dentro del servicio digital “Personal de Casas Particulares”. De esta forma, con los datos registrados ante el organismo y la información que cargue el empleador, la plataforma mostrará cálculos automáticos sobre distintos componentes del salario.

Para emitir el comprobante, el empleador deberá ingresar al sitio web con clave fiscal de nivel de seguridad 2 o superior, elegir al trabajador, acceder a la opción “Generar recibo de sueldo” e informar el período a liquidar, la modalidad de pago, la remuneración y la cantidad de horas trabajadas.

A partir de esa información, el sistema ofrecerá una liquidación preliminar de determinados conceptos previstos por la normativa. El empleador podrá aceptar el monto propuesto o rechazarlo, en cuyo caso se habilitará la edición del campo para cargar el importe que considere correcto. También podrá agregar ítems en el apartado “Adicionales y Descuentos”, a través de un menú con conceptos predefinidos, y luego deberá confirmar la operación para emitir el recibo electrónico.

No obstante, el organismo aclaró que los cálculos automáticos no eximen al empleador de su responsabilidad sobre la liquidación salarial. Esto significa que la asistencia del sistema no reemplaza la obligación de controlar los importes, corregirlos cuando corresponda e incluir todos los conceptos que surjan de cada relación laboral.

En el marco de los cambios en el régimen de trabajo en casas particulares, el recibo de sueldo electrónico ya había sido reglamentado como obligatorio. La nueva norma precisó el procedimiento de emisión y estableció que la validación de identidad mediante la clave fiscal funcionará como requisito de autenticidad del documento, por lo que no se requerirá otra firma del empleador. De todos modos, el comprobante deberá contener los datos exigidos por la legislación laboral, con el detalle de los conceptos liquidados y la información sobre la remuneración del trabajador.

La resolución mantiene además una previsión para los pagos en efectivo o para los casos en que el trabajador pida una constancia en papel. En esas situaciones, el recibo deberá imprimirse por duplicado: el original se entregará al empleado y el empleador conservará la copia, que deberá llevar la firma de conformidad del trabajador por haber percibido el pago.

ARCA también sostendrá el acceso digital a los comprobantes de pago realizados por las modalidades habilitadas. Tanto empleadores como trabajadores podrán consultar información sobre aportes, contribuciones y recibos en los servicios disponibles con clave fiscal. En particular, los empleados registrados podrán obtener una constancia de pago de aportes y contribuciones desde la sección “Ver Aportes” y consultar los recibos emitidos por sus empleadores en el apartado “Detalle del Trabajo”.

Asimismo, a través del sistema “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, los trabajadores podrán revisar los pagos de aportes, contribuciones e intereses registrados en cada período mensual, conocer los saldos existentes y calcular los intereses adeudados en caso de pagos fuera de término. La plataforma permitirá además imprimir los formularios para cancelar esos intereses, entre ellos el F. 102/RT, el F. 1350 y el F. 575/RT, según se trate de obligaciones del empleador o de pagos voluntarios del trabajador.

Por otra parte, la actualización del régimen de aportes voluntarios permitirá que las trabajadoras de casas particulares accedan a las prestaciones del Sistema Nacional del Seguro de Salud cuando su carga horaria no alcance el mínimo exigido o cuando quieran incorporar a integrantes de su grupo familiar primario.

En el caso del titular, se podrá pagar cada mes la diferencia entre el aporte que corresponde a una jornada de 16 horas semanales o más y el aporte obligatorio ingresado por el empleador o, si los hubiera, por varios empleadores. Ese pago adicional habilitará el acceso al Programa Médico Obligatorio (PMO).

Para sumar a cada integrante del grupo familiar primario, el trabajador deberá abonar un monto equivalente al aporte previsto para quienes trabajan 16 horas semanales o más. Del total de esos importes, el 15% se destinará al Fondo Solidario de Redistribución.

Los pagos voluntarios se realizarán mediante el volante F. 575/RT y no podrán ser inferiores a la cotización mínima establecida por la normativa vigente, más el aporte correspondiente al Fondo Solidario.

Últimas noticias

Te puede interesar

Otras noticias