Cómo impactarán en la gente las nuevas medidas
El Banco Central demoró las circulares correspondientes al nuevo «corralito» bancario, y por ello recién el jueves entrarán en vigencia. Las entidades financieras necesitarán como mínimo 24 horas para reformular sistemas e informar a empleados. Hay importantes datos adicionales. Habilitarán el retiro de la totalidad del sueldo y de las indemnizaciones. Pero también dispondrán distintos mecanismos para la utilización de plazos fijos reprogramados. Se estableció que, en los alquileres y en deudas extrabancarias que se hayan pesificado, regirá inmediatamente el índice de ajuste por inflación. En cambio, en el caso de los créditos bancarios, las cuotas recién podrán aumentarse dentro de seis meses.
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• Los créditos que fueron pesificados uno a uno dentro del sistema bancario serán ajustados por el nuevo coeficiente, que se regirá por el Indice de Precios al Consumidor.
• Durante seis meses la cuota deberá mantenerse sin cambios. Recién después de ese período se ajustarán los futuros pagos, de acuerdo con la inflación acumulada.
• Como habrá un incremento del capital del crédito, es probable que los bancos pacten un alargamiento del plazo del préstamo para que la cuota permanezca sin variaciones.
ALQUILERES Y CREDITOS PRIVADOS DEBEN AJUSTARSE AHORA
• En el caso de contratos fuera del sistema bancario, se dispone la aplicación inmediata del CER (el índice que ajusta por inflación). No está previsto un período «de gracia» como en el caso de los créditos bancarios.
• Esta medida alcanza tanto contratos entre privados (como es el caso de los alquileres) como préstamos obtenidos en escribanías o cualquier otro crédito en cuotas.
• Se dispone que, en caso de discrepancia en el valor de la cuota después del ajuste, las partes podrán pedir un recálculo. Si no se ponen de acuerdo deberán recurrir a la Justicia para que defina cuál es el valor justo. Los jueces deberán tomar resoluciones tendientes a «preservar la continuidad de la relación contractual, de modo equitativo para las partes».
BONOS COMO GARANTIA DE LOS DEPOSITOS
• El Seguro de Garantía de los Depósitos (SEDESA) deberá emitir bonos para pagarles a los ahorristas en caso de caída de un banco, siempre y cuando no alcancen los fondos para pagarles la garantía de hasta $ 30.000.
• Actualmente, el Fondo de Garantía cuenta con una suma de $ 270 millones en efectivo, suficiente para hacer frente al desplome de un banco pequeño o mediano. Pero es una suma escasa para el caso de una crisis sistémica como la actual.
AVANZAN CON EL PLAN BONEX II
• Una vez que se conozca la característica del bono en dólares que ofrecerá el gobierno para quienes quieran canjear sus depósitos en moneda extranjera, habrá un plazo de 90 días para ejercer la opción.
• Superado ese período, los ahorristas que no hayan canjeado por el bono quedarán automáticamente pesificados a 1,40.
• El gobierno permitió canjear por bonos los primeros u$s 30.000 de depósitos de un individuo, considerado por entidad. Estiman que el título podría tener una duración de 10 años y una tasa no superior a 2% anual en dólares.
BANCOS DEBEN ENTREGAR SUS DOLARES AL CENTRAL
• Las entidades fueron obligadas a entregar los dólares que poseen en sus cajas al Banco Central. Los billetes quedarán como reservas de la institución monetaria, que a cambio entregará pesos a un tipo de cambio de $ 1,40 por dólar.
• Lo mismo sucederá con los u$s 4.000 millones que los bancos mantienen en encajes en el BCRA.
• Estiman que, en total, son cerca de u$s 5.200 millones que los bancos ceden al Central, recibiendo a cambio pesos a 1,40.
REESTRUCTURACION DE LA BANCA
• El Banco Central podrá autorizar la reestructuración de un banco en defensa de los depositantes, previamente a la revocación de la autorización para funcionar.




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