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2 de abril 2020 - 09:15

Los detalles del plan del Gobierno para rescatar empresas: ¿a quiénes alcanza y cuáles son los beneficios?

El Gobierno difundió el plan a través del cual lanzó una serie de beneficios para las empresas en el marco de la crisis por la cuarentena.

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Por medio del DNU 332/2020, el presidente Alberto Fernández decidió hoy la creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria.
Foto: Pixabay

Tal como lo había anticipado Ámbito, el presidente Alberto Fernández decidió, por medio del DNU 332/2020, la creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria, en el marco de la crisis que generó la pandemia de coronavirus y los efectos de la cuarentena.

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El Programa consistirá en la obtención beneficios distintos beneficios a los que podrán acceder las compañías a las que se les cayó la facturación debido a la cuarentena general y obligatoria, y a sus empleados.

El sistema integral de prestaciones por desempleo tiene requisitos para el acceso, entre los que se enumeran:

  1. Que sus actividades económicas fueran afectadas de forma crítica en la zona geográfica donde se desarrollan.
  2. Tener una cantidad relevante de trabajadores contagiados por el COVID 19 o que estén en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.
  3. Acreditar una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.
  4. Se encuentran excluidos de los beneficios del presente decreto aquellos sujetos que realizan las actividades y servicios declarados esenciales.
  5. La Jefatura de Gabinete de Ministros establecerá los criterios objetivos, actividades y demás elementos que permitan determinar la asistencia a recibir por las sujetos beneficiados.
  6. Los sujetos que cumplan con los requisitos, accederán a uno de los siguientes beneficios:
  7. Postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
  8. Reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino devengadas durante el mes de abril del 2020 para empleadores que no superen los 60 trabajadores contratados (aquellos que lo superen, deberán promover el Procedimiento Preventivo de Crisis) .

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