El Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) dispuso una actualización de los montos de las multas aplicadas por incumplimientos en el suministro de información estadística, en línea con la evolución de los precios mayoristas. La medida fue oficializada mediante la Resolución 14/2026 publicada en el Boletín Oficial.
La normativa establece nuevos valores para las sanciones previstas en la Ley 17.622, que regula el funcionamiento del sistema estadístico nacional. A partir de ahora, las multas oscilarán entre $16.639,92 como mínimo y $1.651.062,93 como máximo, para quienes no presenten datos en término, los falseen o incurran en omisiones.
Además, se actualizó el monto a partir del cual las sanciones son inapelables, fijado en $33.844,68, conforme a lo estipulado en el Decreto 3110/1970. En ese marco, también se dejó sin efecto la resolución anterior que regía estos valores.
Desde el organismo explicaron que la actualización responde al mecanismo previsto por la normativa vigente, que ordena ajustar los importes de manera semestral según la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM).
El INDEC, que funciona bajo la órbita del Ministerio de Economía y actúa como rector del Sistema Estadístico Nacional, tiene la facultad de aplicar estas sanciones a quienes incumplan con la obligación de aportar información clave para la elaboración de estadísticas oficiales.
La medida se inscribe en el esquema de readecuación periódica de multas para mantener su efecto disuasivo, en un contexto de variación de precios, y busca garantizar la calidad y confiabilidad de los datos estadísticos utilizados para la toma de decisiones públicas y privadas.
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