5 de enero 2024 - 12:31

Empleados de comercio: cómo calcular las vacaciones pagas, luego del aumento salarial de enero

Este sector percibió este mes la última actualización de la liquidación, según lo previsto en la revisión de octubre. Conocé cómo afecta a las vacaciones.

El cálculo para calcular las vacaciones pagas de los empleados de comercio, luego de la suba en enero.

El cálculo para calcular las vacaciones pagas de los empleados de comercio, luego de la suba en enero.

Los empleados del sector mercantil están transitando durante este mes el período vacacional previsto en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), a la espera de la primera reunión paritaria de 2024 entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresariales.

Según la ley, las jornadas de descanso entre el 1 de octubre al 30 de abril, otorgadas una vez por año, tendrán la extensión correspondiente a la antigüedad de cada empleado y deberán brindarse durante un lapso continuo y remunerado.

De esta forma, cada trabajador en relación de dependencia tendrá derecho a gozar de la cantidad de días de vacaciones que dice la ley, habiendo diferencia entre quienes trabajaron entre 5, 10, 20 o más años.

Vacaciones pagas: cuántos días corresponden según la antigüedad

Según los años de antigüedad, los empleados podrán acceder a diferentes extensiones de sus vacaciones:

  • De 0 a 5 años: corresponden 14 días corridos.
  • De 5 a 10 años: corresponden 21 días corridos.
  • De 10 a 20 años: corresponden 28 días corridos.
  • Más de 20 años: corresponden 35 días corridos.

Empleados de comercio: qué dice el último acuerdo salarial respecto a las vacaciones

Según el documento firmado el 26 de septiembre de 2023, los incrementos pactados entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresariales en condición de "No Remunerativos" se tenían que conmutar en dicha naturaleza durante octubre, noviembre y diciembre del año pasado. Una vez finalizado este período, el documento mencionaba que quedarían incorporados a las escalas de los salarios básicos convencionales, correspondientes para cada categoría vigentes desde enero.

En consecuencia, los empleados de comercio que hayan iniciado sus vacaciones durante el primer mes del 2024, verán el impacto de la suba como "Remuneración Fija" de los pisos salariales, en donde la retribución por la licencia se deberá calcular como la división entre el nuevo monto junto a la antigüedad y asistencia o presentismo y el valor 25.

impuestos-salarios-calculadora-gasto-ajuste.jpg
Los empleados de comercio que inicien sus vacaciones en el primer mes del 2024, verán el impacto de la suba de salario como "Remuneración Fija".

Los empleados de comercio que inicien sus vacaciones en el primer mes del 2024, verán el impacto de la suba de salario como "Remuneración Fija".

Empleados de comercio: cómo quedaron los nuevos básicos por categoría

Los salarios básicos en enero 2024, según cada categoría, quedaron fijados en:

  • Maestranza A: $397.394,90.
  • Maestranza B: $398.545,3.
  • Maestranza C: $402.575,83.
  • Administrativo A: $401.713,02.
  • Administrativo B: $403.441,68.
  • Administrativo C: $405.168,32.
  • Administrativo D: $410.351,27.
  • Administrativo E: $414.669,38.
  • Administrativo F: $421.003,76.
  • Cajeros A: $403.152,05.
  • Cajeros B: $405.168,32.
  • Cajeros C: $407.759,79.
  • Auxiliar especializado A: $406.608,36.
  • Auxiliar especializado B: $411.790,30.
  • Vendedor A: $403.152,05.
  • Vendedor B: $411.791,31.
  • Vendedor C: $414.669,38.
  • Vendedor D: $421.003,76.

Dejá tu comentario

Te puede interesar