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En primer lugar, los bancos tienen un excedente prestable de aproximadamente $ 14.000 millones. A esto podría sumársele parte de lo invertido en Letras del Banco Central (Lebac) que son el principal refugio de la liquidez sobrante del sistema. La primera pregunta que surge es para qué la autoridad monetaria está tomando fondos que ellos y el gobierno piensan que debería volcarse al crédito. No tiene el menor sentido que se emitan Lebac. Es sólo una forma cara de financiar un mayor nivel de reservas cuando cuenta con una alternativa más barata que es la de emitir pesos (bonos con interés cero) para comprarlos.
Además, continuamente, el BCRA debe intervenir en el mercado cambiario debido a que la demanda de moneda nacional está aumentando su precio y haciendo caer el valor del dólar. ¿Qué sentido tiene restringir la oferta para luego tener que emitir por otra ventanilla comprando dólares para proveer al excedente de demanda de pesos? El argumento de que el Banco Central o el Estado deben proveer al mercado de un indicador de tasa de interés no tiene sustento. Nadie necesita ese indicador y, si el interés existiera, seguramente se generaría un mercado privado. Es más, objetivamente, el Banco Central no es representativo del riesgo de ningún tomador privado o estatal de la Argentina.
Las tasas de interés de los créditos son muy altas en la Argentina. Sin embargo, deberíamos preguntarnos por qué. El problema es que incluye el riesgo de prestar en este país, y nuestra dirigencia política hace el mayor esfuerzo por demostrar que ese riesgo es altísimo.
Si usted es un banquero y le prestó a alguien, en el último año y medio, encontró que:
a) los créditos en dólares le fueron pesificados para darles un subsidio a sus deudores a costa de su patrimonio y el de sus depositantes pesificados. Para colmo, a pesar de ser uno de los perjudicados, la opinión pública y la dirigencia política, que generaron la violación del derecho de propiedad, le echan la culpa a usted;
b) no conformes con ello, deciden que a sus depositantes (verdaderos dueños de los recursos) se les actualizarán sus depósitos por el índice CER (que refleja la inflación), pero el Congreso determina que alguno de los créditos que otorgaron con esos dólares «pesificados» no se actualizarán o lo harán por el CVS, que es menor. Hasta ahora, este beneficio a los deudores lo están pagando los bancos, ya que el gobierno y el Congreso no están haciendo demasiados esfuerzos para aprobar la ley que los compensa. Debe tenerse en cuenta que esto es un subsidio a los deudores que decidió dar el Estado, por lo que, nos guste o no a los contribuyentes, deberemos pagarlo;
c) además, la Justicia determinó que darles un subsidio a los deudores «pesificados» a costa del patrimonio de los ahorristas «pesificados» es violatorio del derecho de propiedad preservado en la Constitución. Por ello, los bancos debieron pagar en dólares, parcial o totalmente, los depósitos de aquellos que obtuvieron un fallo favorable a un recurso de amparo. Así, terminaron haciéndose cargo del subsidio que el gobierno quiso cargar sobre dichos depositantes, además del que les tocó en suerte por la pesificación de su patrimonio en dólares. Debe tenerse en cuenta que es tan violatorio del derecho de propiedad que el subsidio lo pague el ahorrista como el banco, ya que en un país en el que rija el estado de derecho debería enfrentarlo el Estado que lo dio. Por ello, en el proyecto de ley de compensación bancaria que «descansa» (esperemos que no «en paz») en el Congreso se propone que el gobierno se los reconozca con un bono. Sin embargo, nadie se muestra muy entusiasmado por pagar el «costo político» de decirles a los contribuyentes que deberá hacerse cargo de tanta «generosidad demagógica» a la hora de dar subsidios;
d) Por otro lado, si algún deudor dejó de pagarle durante 2000 o 2001 y decide ejecutarle la propiedad para recuperar la plata de los depositantes, desde principios del año pasado el gobierno y el Congreso vienen prohibiéndole hacerlo con sucesivas suspensiones de ese derecho. Resulta simpático acordarse de las necesidades habitacionales de quienes no cumplen (por el motivo que sea, ya que la norma no discrimina) con sus compromisos. Sin embargo, sería interesante acordarse también de los derechos de los acreedores que no pueden encontrarse con su dinero ni presionar a los incumplidores para que paguen lo que corresponde;
e) Ahora se agrega que, ante la decisión gubernamental de incorporar al sueldo el ingreso remunerativo de $ 200 que recibían (por decreto) los empleados en relación de dependencia, el índice de actualización por salario (CVS) aumentará 15% hasta febrero de 2004. Por ello, los deudores que recibieron el subsidio implícito en el cambio del CER por el CVS tendrán un mayor ritmo de actualización hasta dicha fecha que los que quedaron con el CER. Cabe aclarar que sobre un crédito «pesificado» de $ 10.000, si se lo actualiza a mayo de 2003, el subsidio recibido por el deudor fue de aproximadamente $ 4.400. Es más, si se estima cuánto sería el subsidio que recibiría hasta febrero sería de 2004 con el impacto pleno del aumento del CVS, será menor, pero alcanzará los $ 3.400. Sin embargo, algunos integrantes del gobierno y del Congreso han salido a reclamar por los pobres deudores y a pedir que se los siga beneficiando con subsidios. Algunos plantean eliminar el CVS; otros, cambiar la forma en que se confecciona; otros, volver al CER por el período en que sea menor, etcétera. Nadie se acuerda de que alguien deberá pagar toda esta «fiesta demagógica» y que, si realmente rige el estado de derecho, deberá hacerlo el Estado (los contribuyentes), ya que es quien dio el subsidio. De más está decir que a nadie se le ocurrió pensar en esto y todos deben estar esperando que lo paguen los bancos. Después de este listado, que dista de ser completo, ¿a alguien se le puede ocurrir que el riesgo de prestar en la Argentina es bajo? Entonces, ¿cómo las tasas de interés de los créditos podrán serlo? Nos guste o no, gran parte de la dirigencia política y económica de este país se maneja como si no hubiera límites de derecho, instituciones o constitucionales. Por lo tanto, en un marco de nula seguridad jurídica, es imposible hablar seriamente de prestar o invertir.
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