Desde el punto de vista de los ingresos de las empresas, que es a lo que se refiere el Fondo Monetario, las distribuidoras y transportistas de gas tendrían una recomposición de 12% en cada caso, mientras que en la electricidad, las distribuidoras percibirían 16% más y las transmisoras 9% adicional.
Con todo, cada vez son mayores las dudas sobre la viabilidad del decreto. El defensor del pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, se unió a los cuestionamientos, y la Justicia podría suspender la norma, por no haberse consultado previamente a los usuarios. Como la participación de los consumidores es un derecho constitucional, se cree que la norma ni siquiera tendría respaldo en la Corte Suprema.
El conflicto judicial más importante que se recuerda fue el del rebalanceo de las tarifas telefónicas. El decreto del Ejecutivo fue suspendido en primera y segunda instancia en varios fueros del país, y sólo tuvo fallo favorable en Córdoba. Sin embargo, la Corte lo aprobó por considerar que el Ejecutivo tiene derecho a fijar tarifas. Pero en ese caso, había habido audiencia pública.
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