Facsímil de la resolución judicial dando lugar al amparo presentado
contra el INDEC.
La Justicia ordenó al INDEC informar sobre los métodos que utiliza para medir el Indice de Precios al Consumidor (IPC), bajo qué criterio se aplicaron modificaciones para calcularlo y la validación de esa metodología ante los organismos internacionales. El INDEC, que habría sido notificado ayer, tiene ahora 48 horas para apelar el fallo. Si no lo hace, tendrá que presentar la información dentro de los próximos 20 días y podría haber multas y sanciones a funcionarios.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
La causa recayó en el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal a cargo de Claudia Rodríguez Vidal. La magistrada hizo lugar a un amparo que presentó la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) el 18 de julio de 2007, por el que solicitó al INDEC conocer cuál es la modalidad que utiliza actualmentepara el cálculo del IPC. Según explicó a este diario el abogado de ADC esa entidad, Alejando Segarra, la importancia de que puedan consultarse esos datos se da porque «uno de los métodos a través de los cuales se mide la pobreza es comparando el ingreso de cada hogar (que surge de la información de la Encuesta Permanente de Hogares) con el valor de una canasta de bienes y servicios que se consideran indispensables». «La canasta se valoriza mensualmente utilizando el índice de precios al consumidor, el principal indicador para medir la inflación», dijo.
En principio, tras el pedido de la entidad, el INDEC informó que «la metodología para el cálculo del índice de precios al consumidor GBA, base 1999=100, reviste carácter públicoy puede ser consultada en la biblioteca de este instituto como informe metodológico 13». Pero aunque la jueza Rodríguez Vidal reconoció que el organismo mencionó cuál es la metodología, no brindó detalles acerca de la especificación sobre las modificaciones efectuadas y las razones para introducir los cambios al cálculo.
Plazo
«Dicha información era insuficiente e inadecuada para satisfacer el derecho al acceso a la información y así permitir una efectiva participación ciudadana», consignó la jueza. Por lo tanto, luego la magistrada intimó al INDEC a que en el plazo de veinte días brinde la información.
A partir de ahora, si el INDEC no presenta la información solicitada, los caminos que puede tomar la causa son dos. El organismo puede apelar el fallo ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Si esto sucediera, según Segarra, igualmente no pasarían más de dos meses hasta conocerse una sentencia.
Si transcurridos los 20 días, el INDEC no ofrece la información ni apela, la sentencia queda firme y la Justicia podría aplicar multas y sanciones a los funcionarios que omitieron presentar la información. En lo más alto de la cadena de responsables podría llegarse hasta el propio ministro de Economía (de quien depende el INDEC), Carlos Fernández, e incluso por sus vinculaciones en el tema, al secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno.
El fallo conocido ayer indica entre otras cosas que el organismo ha estado fuertemente criticado por el manejo de los índices, «en especial el IPC», y que «el acceso a la información no sólo configura un derecho, sino que además sus dimensiones y condiciones de ejercicio determinan la calidad del Estado democrático y es uno de los pilares básicos de la existencia de la república en los cuales sus actos de gobierno son públicos».
En relación al controvertido-índice oficial, trascendió también ayer que el nuevo IPC podría ser dado a conocer hoy, durante un seminario que organiza el INDEC, del que participará, entre otros, la titular del organismo, Ana Edwin. El cálculo se hará sobre la base de una canasta nueva, que priorizará precios de productos consumidos por los sectores de menores recursos.
Dejá tu comentario