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23 de octubre 2003 - 00:00

Fin al anonimato de operaciones

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La preocupación de la Unión Europea, el Grupo de los 7, la OCDE, el Grupo de Acción Financiera Internacional desde hace muchos años -y especialmente de los EE.UU. a partir del 11 de setiembre de 2001- en relación con los países que generan sociedades «off shore» y su vinculación con el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo internacional, es apenas una muestra de ello.



Lejos de ser una medida restrictiva o persecutoria de las inversiones extranjeras, la creación del Registro es una medida positiva que dará certidumbre para marcar la diferencia entre quienes actúan ilegítimamente desde el exterior y en forma meramente «aislada» y «casual», y aquellos que realizan actividad «permanente» como inversores en el país. De este modo, y a través del análisis y consulta del nuevo Registro, se podrá tener certeza de los alcances de la actuación en la República de las sociedades extranjeras que declaran que realizan actos meramente «aislados», terminando con parte de la incertidumbre que había generado la ausencia de control. Por otra parte, esto también es un obstáculo más a quienes pretenden utilizar las sociedades «off shore» en fraude a la ley, ya que las autoridades podrán fiscalizar el Registro y exigir a quienes pretendan violar la ley, la adecuación de su conducta a la misma.

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