ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

7 de julio 2022 - 16:57

AFIP lanzó nuevas fechas para presentar DDJJ por Ganancias: cuáles son y para qué CUIT

Se trata de un plazo especial para los contribuyentes alcanzados por la medida cautelar dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ver más

Conocé el nuevo cronograma 

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció este jueves un cronograma especial para la presentación de las Declaraciones Juradas por Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedular.

La decisión alcanza a aquellos contribuyentes alcanzados por la medida cautelar dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que suspendió este miércoles los plazos para la presentación de declaraciones juradas y el pago del impuesto a las Ganancias y los Bienes Personales en 22 provincias.

"Esto no implica una variación en la posición de la AFIP en relación con un avance indebido del Poder Judicial sobre potestades esenciales del Estado nacional, entre las que sobresale determinar tiempo y modo de pago de las obligaciones tributarias", informó la entidad recaudatoria.

Cuáles son las nuevas fechas y para qué DNI:

-CUIT terminados en 0, 1, 2, 3 y 4 el 13 de julio

-CUIT terminados en 5, 6, 7, 8 y 9 el 14 de julio

La fecha de pago es la del día hábil siguiente del vencimiento de la declaración jurada

A qué personas alcanza

Las personas alcanzadas son los profesionales matriculados en diversos Consejos Profesionales de Ciencias Económicas de jurisdicciones de todo el país que intervengan como representantes de clientes que les hayan delegado formalmente el acceso a los servicios de la AFIP, así como también que realicen su labor profesional en la modalidad de asesoramiento tributario.

Al respecto, Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, aclaró que "la postergación de los plazos no aplicaría, por ejemplo, para aquellos contribuyentes y responsables que se liquiden sus propios impuestos".

"La prorroga general era algo que venìamos solicitando porque es una solución positiva para todos", señaló Domínguez. El especialista indicó que a pesar del anuncio hay que esperar a que el organismo publique la resolución.

Agregó que "hay muchos contribuyentes que han ingresado a planes de pago y se les han generado intereses que no les corresponderìa porque los plazos estaban suspendidos"

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias