La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece que determinados contribuyentes deben presentar las Declaraciones Juradas Determinativas del Impuesto a las Ganancias, incluso en algunos casos en los que no exista un monto a pagar.
Cómo presentar la Declaración Jurada Determinativa de Ganancias en ARCA
El trámite se hace desde un servicio online y exige contar con datos patrimoniales, ingresos, deducciones y retenciones del período.
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ARCA mantiene distintos trámites y obligaciones para quienes tributan el Impuesto a las Ganancias.
Para los períodos actuales, la determinación del impuesto y la presentación se hacen de forma online a través de “Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado”. Para años anteriores existen otros aplicativos y mecanismos que dependen del período fiscal.
¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Jurada Determinativa de Ganancias?
La declaración debe ser presentada por quienes estén inscriptos en el impuesto, incluso cuando durante ese período fiscal no se determine una ganancia neta sujeta al gravamen. También tienen que hacerlo quienes tengan que liquidar el impuesto porque cumplen con las condiciones establecidas por la normativa, aunque no hayan solicitado el alta antes del vencimiento. En esa situación, deberán inscribirse ante ARCA.
La obligación también alcanza a los administradores de sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por estas. El Formulario 711 debe presentarse cuando:
- el contribuyente esté inscripto, aunque no tenga ganancia neta sujeta al impuesto durante el período
- corresponda liquidar Ganancias por cumplirse las condiciones establecidas, aunque todavía no se hubiera solicitado el alta
Requisitos previos e información necesaria para confeccionar el Formulario 711
Antes de empezar la declaración es necesario reunir la información que permitirá determinar la situación del contribuyente durante el período fiscal. Entre los datos solicitados por ARCA se encuentran:
- valuación de los bienes al 31 de diciembre del año correspondiente
- fecha en la que cada bien fue incorporado al patrimonio
- Formulario 649 o “Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta. Categoría Relación de Dependencia”, cuando corresponda
Este último documento es entregado por el empleador y contiene todo el detalle de remuneraciones, deducciones y retenciones correspondientes al período que se declara.
Cómo ingresar al servicio “Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado”
La determinación del impuesto y la presentación de la declaración jurada se llevan a cabo exclusivamente a través del servicio “Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado” disponible en ARCA.
Desde ahí mismo se confecciona y presenta el Formulario 711 correspondiente al período fiscal que se quiere declarar. El mismo portal también fue usado para las declaraciones juradas informativas correspondientes a los períodos fiscales comprendidos entre 2017 y 2022, que se presentaban a través del servicio con clave fiscal.
Declaraciones juradas anteriores a 2017: ¿Qué aplicativo o programa SIAP se debe utilizar?
El procedimiento cambia cuando se necesita presentar una declaración jurada determinativa original o rectificativa correspondiente a períodos anteriores a 2017. ARCA establece los siguientes aplicativos:
- períodos 2007 a 2016: “SIAP-Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales - Versión 18.01”
- período 2006 y anteriores: “SIAP-Ganancias Personas Físicas Versión 7.1 Release 4”
En el caso de las declaraciones informativas, el procedimiento histórico es diferente. Para los períodos fiscales de 2012 a 2015 se usaba “Mis Aplicaciones Web”, con el formulario “F. 711 – Ganancias Personas Físicas – Régimen Simplificado”.
Para 2006 y años anteriores se tiene que usar el aplicativo “Ganancias Personas Físicas – Versión 7.1”. Si solamente se confecciona Ganancias y se tienen ingresos de cuarta categoría, debe elegirse la opción “Declaración Jurada 4ta. Categoría Exclusivamente”.
Cambios normativos: eliminación de la Declaración Jurada Informativa desde el período fiscal 2023
Uno de los cambios principales empezó a regir a partir del período fiscal 2023. El artículo 11 de la Resolución General 5531/2024 eliminó la obligación de presentar la declaración jurada informativa del Impuesto a las Ganancias desde ese ejercicio.
Hasta 2022, esta presentación alcanzaba a quienes superaran determinados niveles de ingresos brutos anuales provenientes de actividades como trabajo en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones, cargos públicos y otras rentas contempladas por el régimen.
La eliminación alcanza específicamente a la declaración jurada informativa. La obligación de presentar la determinativa continúa para quienes estén inscriptos o tengan que liquidar el impuesto de acuerdo con las condiciones establecidas por ARCA.








