18 de septiembre 2002 - 00:00

Inédito: juez despesificó un crédito hipotecario

El fallo de un juez rosarino en contra de la pesificación en un crédito hipotecario acrecentó ayer la posibilidad de que desde la Justicia se anule la controvertida medida económica que implementó Eduardo Duhalde. La despesificación se instaló con fuerza desde que Domingo Cavallo les dio fundamentos técnicos económicos a las medidas judiciales que se dictaron -son la mayoría- contrarias a la devaluación y en defensa de la seguridad jurídica. Es obvio que el caso llegará a la Corte, donde comienza una seria discusión jurídica para dolarizar acreencias. Pese a las explicaciones del ministro Lavagna a los jueces supremos, aún no se ha conseguido revertir el criterio mayoritario de ordenar al Banco de Chubut a mantener en el valor de origen un plazo fijo en dólares y de mantener en esa moneda otro depósito judicial en Río Negro.

La decisión de un juez civil y comercial federal en Rosario de dolarizar una deuda hipotecaria aunque repartiendo la carga entre el banco acreedor (70%) y el deudor titular del mutuo (30%) alarmó al gobierno de Duhalde. Pese a que ya existen fallos judiciales contra la pesificación como el de la Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, el del juez santafesino Hernán Carrillo se ocupa por primera vez de los créditos hipotecarios pesificados.

El fallo obliga al titular de un crédito hipotecario en dólares contraído durante la convertibilidad a pagar la suma en pesos más el equivalente de 30 por ciento de la diferencia entre el dólar a un peso y su valor de mercado. Cabe aclarar que el cliente ya había dejado de pagar antes de que se implemente la medida y cuando la relación peso-dólar era uno a uno. Ahora, el juez -por aplicación del criterio de la carga compartida del sacrificio- obliga al deudor a saldar la deuda con un dólar a $ 2. La resolución fue emitida a raíz de una demanda del Banco Galicia que hasta ayer no había apelado la medida.

• Inconstitucional

Carrillo sostuvo que «la pesificación es inconstitucional», pues atenta contra derechos consagrados en la Constitución, como la libertad, la igualdad y los derechos adquiridos. El juez explicó que « es un crédito de alrededor de 40 mil dólares, que sacó en el año 1997, en 120 cuotas, y que cae en mora en el año 2000». Sin embargo, aclaró que «la mora del deudor en esto no tiene nada que ver con esta situación de emergencia, porque ya había caído en mora».

Oos argumentos de juez fueron los siguientes:

• Las deudas exigibles con anterioridad al 6 de enero de 2002, se pagan, o se tienen que pagar, en su moneda de origen. Esa mora, en situación normal, es decir, en un contrato entre particulares, desde mi punta de vista, hubiera implicado que él hubiera tenido que pagar toda la deuda en dólares.

• se ha hecho cargo, al caer en mora, de todos los daños y perjuicios sufridos por el acreedor. Pero bueno, como se trata en este caso de una entidad bancaria la acreedora (Banco de Galicia), me pareció que era injusto... y entonces le apliqué la teoría del esfuerzo compartido
.

• puse (al banco) el 70 por ciento de la diferencia del valor que tenga el dólar a un peso al momento del pago de acuerdo al mercado de libre cambio; 70 por ciento lo carga la entidad bancaria acreedora y 30 por ciento el deudor moroso.

«
La sentencia tiene apenas una semana», agregó Carrillo al responder que aún no estaba firme aunque se supone que apelará el particular damnificado que con la pesificación le corresponde pagar por cada dólar adeudado la equivalencia de $ 1,40. De todos modos, este caso deberá llegar a la cámara respectiva y a la Corte donde existe un pre-criterio de no perjudicar -aun más- a los deudores bancarios menores a los $ 100.000 y por créditos hipotecarios.»

Estos pronunciamientos en la Justicia inquietaron a los deudores del sistema financiero bancario y privado, quienes la decisión podría tornar impagables los créditos tomados en dólares durante la convertibilidad. La vocera de la Asociación de Deudores Argentinos (ADA),
Hilda Gumprich, dijo que «estos fallos enfrentan a argentinos contra argentinos» y agregó que «con esto no se salva nadie, ni los ahorristas, ni los deudores, ni los acreedores».

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