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La Justicia rechazó el recurso presentado por el Banco de Roma contra la orden emanada por un magistrado civil en octubre pasado, que exigía el pago de 201.000 euros a esa entidad bancaria.
El tribunal aceptó la tesis impulsada en el proceso por la abogada En la sentencia el tribunal subraya que, según dispone el código civil, «el acto no autorizado, superando los límites establecidos por el mandato, permanece a cargo del mandatario si el mandante no lo ratifica».
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