Pero las declaraciones contrastan con lo que se había conversado el miércoles: en una reunión donde estuvieron presentes representantes del Banco Central, de ABA, de Abappra, y un grupo de legisladores. Se había acordado que el corte se haría en u$s 150.000 y no en u$s 100.000. Es decir, que los créditos hasta u$s 150.000 pagarán el CER desde enero próximo.
Entonces así sería la aplicación del CER:
• El CER no se aplica a créditos hipotecarios destinados a vivienda única; personales con o sin garantía hipotecaria de $ 12.000; prendarios de hasta $ 30.000. En estos casos se actualizan con el CVS.
• Para los créditos de hasta $ 150.000 el índice se aplicará recién a partir del 1 de enero próximo, capitalizándose el resto al final del plazo de pago original.
• Los créditos entre $ 150.000 y $ 400.000 comenzarán a ajustarse por el CER desde el 1 de octubre. A las cuotas se les adicionará el CER de ese mes que se pagará por primera vez en la cuota de noviembre, y la indexación atrasada recién se pagará al final del préstamo en cinco cuotas.
• Los deudores de más de $ 400.000 no son alcanzados por la prórroga del CER.
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