4 de septiembre 2002 - 00:00

Más control del Central para ganar reservas

Con una serie de medidas, el Banco Central busca aumentar las reservas para mejorar su capacidad de intervención y tener un mayor control del dólar. Se redujo de u$s 500 mil a u$s 200 mil el importe mínimo a partir del cual los exportadores deberán venderle al Banco Central las divisas que ingresen. Los privados no podrán tomar crédito en el exterior a plazos inferiores a los 90 días. Con esta medida se busca frenar el ingreso de capital «golondrina». Reducen a la mitad divisas que se dan a casas de cambio para vender dólares por cuenta del Central. Al final del día no podrán tener en sus cajas más de u$s 1,5 millón. El excedente deberán depositarlo en cuentas en el Central como hacen los bancos.

El Banco Central ayer tomó una serie de medidas que apuntan a aumentar sus reservas, pero al mismo tiempo implican mayor control de cambios. De todas maneras, en una primera etapa estas medidas le darán un mayor poder de fuego a la autoridad monetaria para mantener bajo control el precio del dólar.

Con las medidas limita el ingreso de capitales golondrina, aumenta las exigencias sobre los exportadores y reduce el cupo de intervención en el mercado minorista de dólares.

Estas son las medidas que tomó el Central: A las entidades bancarias que tienen más de 50 sucursales, desde ahora les dará 300 mil dólares diarios para que vendan al público por su cuenta y orden, de acuerdo con la Comunicación «B» 7472. Estos dólares son los que tienen un precio que fija el Banco Central. El de ayer era de $ 3,51 para la compra y $ 3,59 para la venta. Antes estas entidades recibían u$s 500 mil diarios.

• Las entidades que posean menos de 50 sucursales, tendrán un cupo de dólares de u$s 150 mil, contra 300 mil antes
. En tanto, el resto de las entidades financieras y casas de cambio que venden dólares por cuenta y orden del Central recibirá un máximo de u$s 150 mil. Antes recibían u$s 200 mil.

• El Banco Central entregaba hasta ahora u$s 5,5 millones diarios a estas entidades; ahora esa intervención se reducirá a poco más de 3 millones.

• También limitó a los llamados «capitales golondrina» con una medida similar a la que tiene Chile, que impide la entrada y salida brusca de divisas
. De acuerdo con la Comunicación «A» 3712, los privados no podrán tomar deuda en el exterior a un plazo inferior a los 90 días corridos. Las divisas que tomen como deuda, las deben liquidar en mercado único de cambios que maneja el Banco Central. Para asegurarse de que las divisas estén al menos 90 días en el país, el Central no les vende antes de ese plazo los dólares a los que tomaron estas nuevas deudas.

• Exigencias


• Para igualar las exigencias cambiarias que les impuso a los bancos de depositar en el Banco Central el excedente de divisas por encima de 5% de su responsabilidad patrimonial, tomó medidas con las casas de cambio. Ninguna de estas entidades puede quedarse al fin del día con más de 1,5 millón de dólares. El excedente lo deben depositar en una cuenta corriente a su nombre, en el Banco Central. Se admitirá un excedente de 10% de error sobre el margen establecido. La medida afecta a las casas de cambio más grandes, porque el resto tiene una posición de caja mucho menor.

• Los exportadores también tienen novedades. Hasta ahora los que exportaban un mínimo de u$s 500 mil (permiso de embarque) debían liquidar obligatoriamente las divisas en el Central. Ese monto mínimo desde ahora es de u$s 200 mil. La modificación está en la Comunicación «A» 3711.

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