14 de julio 2025 - 11:42

Monotributo e Impuesto a las Ganancias: cómo quedarán las escalas, el mínimo no imponible y las cuotas

Tras conocerse la inflación de junio, ARCA hará ajustes en montos de ingresos y montos a pagar en el régimen simplificado y en el Impuesto a las Ganancias de los asalariados.

Los monotributistas pueden recategorizarse hasta el 5 de agosto.

Los monotributistas pueden recategorizarse hasta el 5 de agosto.

Cuando el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) confirme el nuevo índice de precios al consumidor de junio, que se ubicaría cerca del 2% según estiamciones, el límite de facturación anual para mantenerse dentro del Monotributo pasaría a ser de $95 millones anuales. En el caso del Impuesto a las Ganancias de los asalariados, el mínimo no imponible pasaría a ser de $2,6 millones brutos para un soltero sin hijos.

Así lo determinan las leyes del paquete fiscal aprobado por el Congreso el año pasado, que establecieron que tanto escalas de facturación como cuotas a pagar se ajusten por inflación. La inflación acumulada en los primeros seis meses del año fue del orden del 15,5%.

Montos de facturación y cuotas

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Escalas y valor de las cuotas de monotributo.

Escalas y valor de las cuotas de monotributo.

Cabe recordar que este año los contribuyentes del régimen simplificado tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para la recategorización semestral. Para ello, el sistema de ARCA le informa el monto de facturación de los últimos doce meses y la categoría en la que lo ubica el sistema. La persona puede confirmar o hacer modificaciones si no coincide con sus registros. De no hacerlo, ARCA lo hará de oficio.

Impuesto a las Ganancias: ¿cuál será el mínimo no imponible?

En tanto, en el caso de los asalariados del Impuesto a las Ganancias, el mínimo no imponible pasará de los actuales $2,3 millones a $2,6 millones brutos para un soltero sin hijos. En el caso de un casado con dos hijos pasará de $3 millones a casi $3.5 millones.

También los trabajadores de este segmento tendrán como beneficio el incremento de las deducciones, como puede ser el gasto de alquileres, el personal doméstico y las cuotas de escuelas y universidades.

La escala más baja del impuesto es del 5%. Le siguen en incremento progresivo 9%, 12%, 15%, 19%, 23%, 27%, 31% y 35%.

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