13 de julio 2025 - 06:00

Monotributo: ARCA confirmó las nuevas escalas vigentes y los montos a pagar según tu categoría en julio 2025

La entidad tributaria anunció una modificación clave en el proceso de recategorización. A partir de ahora, el trámite deberá realizarse cada seis meses.

ARCA confirmó las categorías actualizadas en base a la facturación y sus respectivos impuestos a pagar.

ARCA confirmó las categorías actualizadas en base a la facturación y sus respectivos impuestos a pagar.

En octubre del año pasado, por decisión del Gobierno Nacional y a través del Decreto 953/2024 publicado en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reemplazó a la AFIP. El nuevo organismo heredó todas sus responsabilidades como entidad tributaria, incluida la recaudación de impuestos, el control del comercio exterior y el aseguramiento del cumplimiento de las obligaciones tributarias en materia impositiva, aduanera y previsional.

En los últimos días, el organismo anunció nuevas modificaciones para quienes están dentro del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, conocidos como monotributistas. La entidad confirmó las escalas actualizadas en base a la facturación, y sus respectivos impuestos a pagar.

Además, anunció una nueva fecha para realizar la recategorización, la cual, a partir de ahora, dejará de ser anual y pasará a realizarse cada seis meses. Esto implica que los titulares deberán revisar con mayor frecuencia sus ingresos y ajustarlos según los parámetros vigentes.

ARCA 02

Nuevas escalas del monotributo

ARCA determinó que las escalas serán modificadas a parir de agosto, en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al primer semestre de 2025. Pese a que el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INDEC) todavía no dio a conocer el dato de la inflación de junio, el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) estimó que será del 1,9%. Por lo que, las categorías tendrán un aumento del 15,40%:

  • Categoría A: $9.015.493,91
  • Categoría B: $13.208.746,89
  • Categoría C: $18.520.200,66
  • Categoría D: $22.993.003,84
  • Categoría E: $27.046.481,73
  • Categoría F: $33.878.514,39
  • Categoría G: $40.513.679,01
  • Categoría H: $61.496.949,51
  • Categoría I: $68.854.302,77
  • Categoría J: $78.829.266,97
  • Categoría K: $94.034.709,83

ARCA: ¿Cuánto tengo que pagar de monotributo según mi categoría?

El valor que debe abonar cada una de las categorías incluye el impuesto integrado, el aporte al SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) y la obra social. Estos son los aranceles que deberán pagar los contribuyentes:

Categoría A

  • Impuesto integrado: $4.193,25
  • Aporte previsional: $13.697,96
  • Obra social: $19.288,96
  • Total: $37.180,17

Categoría B

  • Impuesto integrado: $7.967,18
  • Aporte previsional: $15.067,75
  • Obra social: $19.288,96
  • Total: $42.323,90

Categoría C

  • Impuesto integrado: $13.697,96 (servicios) o $12.579,76 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $16.574,53
  • Obra social: $19.288,96
  • Total: $49.561,46 (servicios) o $48.443,25 (comercio de bienes)

Categoría D

  • Impuesto integrado: $22.364,01 (servicios) o $20.826,49 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $18.231,99
  • Obra social: $22.923,11
  • Total: $63.519,11 (servicios) o $61.981,59 (comercio de bienes)

Categoría E

  • Impuesto integrado: $41.932,53 (servicios) o $33.266,48 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $20.055,19
  • Obra social: $27.955,02
  • Total: $89.942,73 (servicios) o $81.276,68 (comercio de bienes)

Categoría F

  • Impuesto integrado: $58.979,02 (servicios) o $43.332,89 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $22.056,12
  • Obra social: $32.152,69
  • Total: $113.187,83 (servicios) o $97.541,70 (comercio de bienes)

Categoría G

  • Impuesto integrado: $107.333,47 (servicios) o $53.710,66 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $30.901,88
  • Obra social: $34.648,62
  • Total a pagar: $172.883,97 (servicios) o $119.261,16 (comercio de bienes)

Categoría H

  • Impuesto integrado: $307.193,42 (servicios) o $153.740,06 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $43.251,79
  • Obra social: $41.658,30
  • Total: $392.103,51 (servicios) o $238.650,15 (comercio de bienes)

Categoría I

  • Impuesto integrado: $611.514,78 (servicios) o $244.641,46 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $60.509,83
  • Obra social: $51.421,52
  • Total: $723.446,13 (servicios) o $356.572,81 (comercio de bienes)

Categoría J

  • Impuesto integrado: $733.551,30 (servicios) o $293.671,10 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $84.761,20
  • Obra social: $57.742,94
  • Total: $875.655,44 (servicios) o $436.185,24 (comercio de bienes)

Categoría K

  • Impuesto integrado: $1.027.347,89 (servicios) o $342.607,17 (comercio de bienes)
  • Aporte previsional: $118.652,50
  • Obra social: $65.996,77
  • Total: $1.211.997,16 (servicios) o $527.256,94 (comercio de bienes)

¿Cuándo es la próxima recategorización del monotributo?

La recategorización es un trámite esencial que deben realizar todos los monotributistas para mantener actualizada su situación fiscal. Consiste en verificar si, durante el período evaluado, la facturación superó, o no, los topes establecidos por la categoría en la que están inscriptos. Si eso ocurre, corresponde pasar a una superior o inferior, según el caso.

Hasta ahora, este proceso se hacía una vez al año. Pero con la implementación del nuevo régimen de ARCA, las reglas cambiaron y deberá realizarse en enero y julio. De esta manera, la obligación reflejará los ingresos y la actividad económica del semestre previo.

Según explicaron desde el organismo, esta modificación busca alinear mejor las categorías del monotributo con los ingresos reales de los contribuyentes, evitando desequilibrios en la carga fiscal e impositiva. Además, se informó que el sistema cruzará datos bancarios, declaraciones juradas y consumos con tarjetas de crédito para detectar posibles inconsistencias de manera automática

En este sentido, la entidad fiscal anunció una nueva fecha de vencimiento y será a partir del 15 de julio hasta el 20 de agosto. Tené en cuenta que la gestión se hará exclusivamente a través de su sitio web oficial, y si no cumplís en tiempo y forma, la ex AFIP podrá realizar una recategorización de oficio, lo que implica graves sanciones económicas.

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