ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

29 de mayo 2020 - 07:56

Crédito a tasa 0%: paso a paso cómo pedirlo

Se extendió hasta el 30 de junio la fecha límite para inscribirse. Cuáles son los requisitos y como tramitarlos.

ver más

Los responsables al régimen simple del monotributistas y los responsables al régimen general de autónomos que cumplan con los requisitos adoptados por la Jefatura de Gabinete pueden solicitar un crédito a tasa cero.

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

Los responsables al régimen simple del monotributistas y los responsables al régimen general de autónomos que cumplan con los requisitos adoptados por la Jefatura de Gabinete pueden solicitar un crédito a tasa cero hasta este viernes.

El paso a paso

Si no posee una deberá informar cuál es la entidad bancaria elegida para tramitar el crédito.

Al finalizar la carga de la información requerida por el sistema, los datos serán remitidos al BCRA para su correcta verificación. Si el procedimiento determina que la solicitud no puede avanzar, el sistema indicará al monotributista o autónomo los motivos por los cuales se deniega el crédito

Los requisitos para acceder al crédito desde el portal de AFIP:

Para solicitar el crédito las personas necesitan:

Es importante dejar claro que, la AFIP ordenará a las entidades bancarias sumar cada uno de los tramos desembolsados, el monto equivalente a la obligación mensual y normal impositiva, y destinarán esos recursos directamente al pago del vencimiento. Los contribuyentes en las cuales estén adheridos al débito automático del pago de su cuota mensual, deberán solicitar un “stop debit” por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad. Por otra parte, hay que recordar que Jefatura de Gabinete fija los criterios y es el Banco Central el que valida cada caso.

Recordemos los excluidos del programa ATP:

Quedan afuera del crédito a tasa cero:

cuadro chiesa tasa cero.jpg

Crédito: Juan Pablo Chiesa

Por último, las prohibiciones son que:

En cuanto a los autónomos responables al régimen general:

Es importante aclarar que No van a tener en cuenta para otorgar el crédito los siguientes puntos de los contribuyentes:

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias