El Gobierno nacional volvió a un esquema temporal de restricciones puntuales, que incluyen el uso de transporte solo para trabajadores esenciales y limitación de la circulación nocturna. La fase 1 que estuvo vigente durante 9 días fue suspendida y será retomada el próximo fin de semana, cuando la circulación vuelva a restringirse entre el viernes 4 de junio a las 18 y el lunes 7 de junio a las 6.
Permiso para circular: cómo y quiénes deben tener el certificado
En el marco de la segunda ola de contagios de Covid-19, el Gobierno volvió a un esquema temporal de restricciones puntuales, que incluyen el uso de transporte solo para trabajadores esenciales y limitación de la circulación. La fase 1 aplicada durante 9 días fue levantada y se evaluará la curva de casos durante los próximos días.
-
Cuándo cobro ANSES: así terminan los pagos de julio 2025
-
Quiniela de hoy, en vivo: resultados de la Nacional y Provincial sábado 19 de julio

Las medidas que rigen desde hoy incluyen la "suspensión de viajes grupales de egresados, de estudio, de jubilados y de grupos turísticos; las reuniones sociales de más de 10 personas y la asistencia al trabajo para personas de riesgo". En tanto, en las zonas de Alarma Epidemiológica y Sanitaria "se suspende la actividad de shoppings y centros comerciales; las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados", como así también la presencialidad escolar.
Además, los locales comerciales deberán cerrar entre las 19 y las 6 del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno y se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles, así como también los deportes grupales de contacto al aire libre; la actividad de clubes, gimnasios y establecimientos afines y también en casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
También se "prohíben las reuniones en domicilios particulares, la circulación entre las 20 y las 6 de la mañana del día siguiente y el transporte público se reserva para el uso exclusivo de personal esencial y autorizado", dijo el Gobierno.
Para las zonas en alto riesgo epidemiológico y sanitario rigen las mismas medidas que para las zonas que están en alerta, solo que cambia el límite de horario para los locales gastronómicos y de circulación.
"Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 y no se puede circular desde las 24 a las 6 del día siguiente", dijeron las autoridades.
En lo que respecta a las zonas de medio riesgo epidemiológico y sanitario son los gobernadores los que "pueden adoptar medidas que disminuyan las circulación para prevenir la transmisión del coronavirus", completó.
Qué pasa con los permisos de trabajadores esenciales
Debido a que se trata de un relajamiento de la restricción implementada la semana pasada, los permisos continuarán activos en la misma modalidad y no es necesario reempadronarse.
Qué pasa con los permisos de actividades no esenciales
Para el caso de los permisos de actividades no esenciales tampoco será necesario volver a tramitarlos ya que se encuentran vigentes. Esto incluye también los permisos especiales de 24 y 48 hs. y los permisos de escolaridad presencial.
Por su parte, los permisos de vacaciones se darán de baja y no se podrán volver a tramitar.
Cómo sacar el permiso para circular
- Para solicitar el nuevo permiso deberán ingresar en la página www.argentina.gob.ar/circular, o bien obtenerlo mediante la app Cuidar.
- Primero deberás ingresar tu número de DNI y tu lugar de residencia
- Posteriormente indicar el motivo por el cual pedís el permiso
- Según el caso deberás completar un formulario que incluye datos personales
- Aceptar la presentación de la declaración jurada
- El permiso te llegará a tu celular
Cabe recordar que se consideran esenciales a las actividades y servicios cuyo personal afectado ha sido exceptuado a través del artículo 6º del Decreto Nº 297/20 y de las Decisiones Administrativas Nros. 429/20, 450/20, 467/20, 468/20, 490/20, 703/20, 729/20 y 810/20. El listado actualizado está disponible en el sitio www.argentina.gob.ar/circular.
Quiénes pueden viajar en transporte público
Cabe señalar que también podrá circular en el transporte público el personal doméstico. El resto de los trabajadores esenciales son:
- Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
- Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
- Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
- Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos
- Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
- Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
- Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
- Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
- Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
- Personal afectado a obra pública.
- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
- Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
- Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
- Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
- Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
- Servicios de lavandería.
- Servicios postales y de distribución de paquetería.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
- S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
- Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual.
- Inscripción, identificación y documentación de personas.
- Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo.
- Traslado de niños, niñas y adolescentes.
- Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES-.
Cómo descargar el certificado de circulación
Para tramitar el certificado único habilitante para circular deberás seguir los siguientes pasos:
- Informar en caso de que se tenga DNI argentino o no y hacer click en la opción correspondiente.
- Seleccionar provincia a donde se deba ir. Si la opción elegida es, por ejemplo, Buenos Aires se deberá diferenciar entre municipios pertenecientes al AMBA o fuera del AMBA.
- Se deberá seleccionar el motivo por el que se solicita el permiso. Hay tres opciones: Viajar a tu trabajo, ir a un establecimiento educativo a trabajar o estudia o un permiso especial (hacer trámites o tratamientos médicos; trasladar hijos o hijas; asistir a familiar; viajar en micro, tren o avión; manejar por ruta; ir a un evento; practicar deporte).
- Una vez elegida la opción, hacer click en "Completar formulario". En este paso deberás llenar los espacio con tus datos personales, como domicilio de residencia o CUIT del empleador.
- Además deberás adjuntar documentación que justifique el permiso y permita comprobar que la persona realiza ese trabajo. Este documento puede ser un recibo de sueldo, monotributo o una carta del empleador. El archivo puede ser subido en .doc, .docx, .pdf, .jpg y .png, y no debe sobrepasar los 10 mb de peso.
- Por último, al finalizar el formulario, en ambas opciones te aparecerá un cartel para hacer click en la frase "No soy un robot" y luego en "Solicitar Certificado".
Tal como indica el sitio, si pediste un certificado especial para hacer un trámite, un tratamiento, trasladar tus hijos o hijas o asistir a un familiar, tendrá validez por 24 horas y solo se podrán sacar dos por semana.
Dejá tu comentario