• Las cuentas libres, denominadas «L», podrán ser cajas de ahorro para personas físicas y cuentas corrientes especiales para personas jurídicas, en pesos o en dólares. También podrán ser cuentas corrientes para personas físicas, pero sólo en pesos.
• Las cuentas corrientes se operarán con cheques «L», claramente diferenciados por su diseño.
• Las transferencias entre cuentas de libre disponibilidad están operativas desde ayer, pero también podrán realizarse por medio de cajeros automáticos a partir de una fecha que aún no se definió.
• En las cuentas «L», podrán realizarse depósitos en efectivo, ya sea en ventanilla o por cajeros automáticos, de cheques «L» y recibir transferencias de fondos que sean de libre utilización, provenientes de otras cuentas libres o de cuentas del «corralito» cuando se trate de fondos que correspondan al margen de extracción en efectivo.
• Los retiros se podrán realizar en efectivo (en ventanilla o por cajeros automáticos) o mediante transferencias «L» hacia otras cuentas de igual naturaleza u otras comprendidas en el «corralito», abiertas en la misma u otras entidades.
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