31 de julio 2003 - 00:00

Por decreto, el gobierno no pagará polémica deuda

El gobierno decidió ayer declarar «nula de nulidad absoluta» una resolución del Poder Ejecutivo, firmada durante la presidencia de Carlos Menem en 1996, que le permitió a la empresa Meller iniciar una causa y demandar al Estado por unos 400 millones de pesos. De esta forma el gobierno salió ayer a confrontar más con la Corte Suprema de Justicia, al desconocer un fallo que había convalidado el reclamo de la empresa, y por el cual el Estado ya había comenzado a pagar. El trámite fue declarado «definitivamente irregular», según las palabras del jefe de Gabinete, Alberto Fernández.

La empresa Meller le reclamó al Estado el pago de una indemnización por medio de una causa judicial que se inició en los años '89 y '90, y que tenía su raíz en los contratos de edición de guías telefónicas y venta de publicidad.

Ese contrato fue firmado por el Estado nacional a través de la empresa ENTel, que en esos años tenía como interventora a María Julia Alsogaray.

El denominado Caso Meller fue uno de los argumentos que la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados utilizó para pedir el enjuiciamiento del ex presidente de la Corte Suprema de Justicia, Julio Nazareno, y es el mismo con el cual se pretende llevar a juicio político a otro ministro del tribunal, Eduardo Moliné O'Connor.

• Tranquilidad

Ayer al firmar el decreto 431, el gobierno declaró «nula, de nulidad absoluta e insanable e irregular» la Resolución 146 de María Julia Alsogaray. Esa norma reconocía una «supuesta deuda» de Meller por 28 millones y que actualizados son 400 millones de pesos, que recorrió un largo camino judicial hasta llegar a la Corte Suprema.

Fernández dijo que en el gobierno hay «tranquilidad» porque el decreto que revoca la Resolución 146 está siendo acompañado» por una investigación penal que a través de «un fallo reciente ha definido el temperamento procesal que afecta a los involucrados» y que contempla el llamado a indagatoria de María Julia Alsogaray. Se trata de una decisión de la Sala I de la Cámara Federal, que también dispuso frenar el pago millonario a la empresa.

Sobre esta cuestión tanto Nazareno como Moliné, sostuvieron en sus respectivos descargos ante la Comisión de Juicio Político que el pronunciamiento de la Corte en la causa Meller tuvo en cuenta la postura jurídica sostenida durante 50 años.

Y aclararon que el Tribunal no condenó a pagar suma alguna ni ello formaba parte del recurso extraordinario, sino que denegó el recurso de queja presentado contra la desestimación de un recurso extraordinario extemporáneo interpuesto contra una decisión del Tribunal Arbitral de Obras Públicas que había levantado la suspensión dispuesta por la Resolución ENTel 18/ 98.

Advirtieron, además, que de existir una deuda «de centenares de millones de pesos», no sería consecuencia del fallo de la Corte sino el resultado de una actuación posterior del Ministerio de Economía vinculada a la modalidad con la cual se dispuso satisfacer el reclamo -bonos de consolidación-.

En tal sentido, hicieron referencia a un expediente que hoy se lleva adelante en la Justicia en lo Contencioso Administrativo en el que se desprende que el 18 de marzo de 2003 el subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial del Ministerio de Economía aprobó el acuerdo concertado por Meller con la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial y autorizó el pago en bonos de consolidación de $ 399.103.599,91.

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