Por embargos, 10% de inmuebles ya está como bien de familia
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La inscripción como bien de familia de una propiedad la protege ante eventuales deudas o quiebras de su propietario. Pero en el caso de los departamentos, los escribanos advierten que pueden ser ejecutados si deben expensas aun si fueron registrados como bien de familia.
Las aclaraciones son clave. Por un lado, es poco sabido que un inmueble puede ser ejecutado por deudas de expensas aún siendo bien de familia. «Lo que sucede es que se considera que el compromisode pagar los gastos centrales se toma en el momento de comprar un departamento. Por lo tanto, con anterioridad a la posible inscripción del inmueble como bien de familia», describió Manis.
También por esa razón es que esa propiedad sí puede ser ejecutada por deudas inmobiliarias o de mejoras de construcción. Una situación similar sucede con deudas derivadas de la cuota alimentaria, que también pueden pesar sobre este tipo de inmueble.
En casos de divorcio hay además algunos puntos importantes. Si se rompe el vínculo y uno de los cónyuges deja de vivir en la propiedad, no necesariamente debe desafectarse el bien de familia. La madre o padre que se quedeviviendo con los hijos en esa propiedad lo conserva sin tener que volver a constituirlo, evitando que en el momento entre que se desafecta y se vuelve a inscribir el bien, caiga un embargo.
Los escribanos aclaran que las propiedades pueden desafectarse y volverse a registrar en cualquier momento a través de un trámite similar, gratuito y sencillo. Pero al respecto, el director del Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires, Juan Manuel García Blanco, explicó a este diario un ejemplo. «Supongamos que una persona pone de garantía una propiedad para que un tercero saque una tarjeta de crédito en un local de electrodomésticos. Luego, inscribe a la propiedadcomo bien de familia porque cree que ese tercero no pagará y pueden embargar su casa, administrativamente en el registro de la propiedad se registrará el inmueble y en última instancia será el juez que intervenga en la causa quien determine si corresponde o no ir contra ese bien», dijo.
Pelossi agregó que otro punto que los ciudadanos deben conocer a la hora de tomar la decisión de inscribir una propiedad como bien de familia es que «la ley exime del pago de impuestos y de tasas correspondientes al Registro de la Propiedad Inmueble a los actos vinculados con la constitución e inscripción».
En cuanto a las hipotecas, un bien de familia no sirve como garantía de un crédito hipotecario pero sí puede hipotecarse. Si se decide recurrir a esta segunda opción, se considerará que la propiedad queda desafectada para esa operación, pero continúa siendo bien de familia ante otras eventualidades.
Los beneficios de la inscripción se centran en que las propiedades no pueden ser ejecutadas por otro tipo de deudas, o en caso de concurso y quiebra de los propietarios. Como también se puede inscribir como bien de familia a los inmuebles cuyas ganancias contribuyan al sostenimiento familiar, por ejemplo un local comercial, en estos casos se puede embargar los beneficios de esa explotación hasta 50%.




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