¿Qué impacto real sufrirán exportaciones argentinas?
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3) -¿Las exportaciones brasileñas tendrán subsidios que antes no tenían?
-Sí y no. El Pis/Pasep y la Cofins ya no formaban parte del costo del producto a ser exportado. Lo que agrega la medida es que la empresa exportadora brasileña se podrá acreditar el Cofins incluido en la compra de los insumos para la producción del bien a ser exportado.
4) -¿La medida va a complicar las exportaciones argentinas a Brasil?
-Sí y no. La medida complicará en cierta modo a los exportadores de cualquier origen. Las argentinas sufrirán también, pero continuaremos teniendo mejores condiciones respecto de exportaciones a Brasil de terceros mercados.
5) -¿Qué productos van a sufrir más el impacto del aumento del Cofins?
-No se podría concluir una diferenciación por sectores, pero sí en lo que hace a la formación de la cadena comercial. Un ejemplo de esto sería un importador que compra un producto para ser vendido directo al consumidor final, que tendría un impacto mayor que quien compra un insumo industrial.
6) -¿La medida complica específicamente los productos agropecuarios argentinos, al trigo por ejemplo?
-No. De hecho la medida no tiene ningún impacto con el primer eslabón de la cadena productiva ya que para este eslabón existe un aumento concreto de la tributación sin que pueda tomar ningún crédito fiscal. Así, el productor de trigo brasileño tendrá que pagar 7,6% del Cofins y 1,65% del Pis/Pasep, sin tener ningún crédito para descontar. El importador pagará el mismo impuesto cuando lo venda al siguiente eslabón sin tener tampoco ningún crédito fiscal.
7) -¿Existe alguna excepción a la Medida Provisoria respecto del aumento de la alícuota de 7,6% en el Cofins (de la misma forma del aumento del Pis/Pasep, que pasó de 0,65% a 1,65%)?
-Sí. Las empresas brasileñas que se encuentran encuadradas en el Simples -similar al monotributo de la Argentina- y las que tributan el Impuesto a las Ganancias por ganancia presunta no deben pagar el aumento de ambas alícuotas. Este concepto es interesante porque el impacto de un producto importado en este caso cambiaría notoriamente. No son pocas las empresas brasileñas que tributan ganancia por lucro presunto.
8) -¿Cómo quedan los casos de industrialización «por cuenta y orden»?
-Quien solicita la industrialización por cuenta y orden deberá tributar 2,2% del Pis/Pasep y 10,3% del Cofins, tomando como base de cálculo el valor de la factura de venta del producto. La empresa que prestó el servicio industrial no deberá tributar ninguno de los dos impuestos.




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