Pero sobre esa situación podrían surgir demoras que por ahora no parecen estar en las previsiones de las empresas y el gobierno. El defensor del pueblo, Eduardo Mondino, dijo ayer a este diario que «si el Ejecutivo dicta algún decreto poniendo en vigencia una renegociación que tuvo aprobación tácita por parte del Congreso, vamos a impugnarlo en la Justicia».
Según Mondino, el artículo 82 de la Constitución excluye «en todos los casos la aprobación tácita o ficta». Sin embargo, no cuestionó en el momento en que se dictó, a la Ley 25.790 en la que se establece que si el Parlamento no aprueba o rechaza las renegociaciones en un plazo de 60 días corridos de recepcionada la propuesta, ésta se considerará aprobada.
El defensor dijo: «Haremos la impugnación una vez que esté aprobado algún decreto».
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