La resolución conjunta de los ministerios de Planificación y Economía sobre la redeterminación (o ajuste) de precios en los contratos de obras públicas desautoriza de hecho la información elaborada por el INDEC hasta julio de este año, con el mismo objetivo.
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En la resolución conjunta 935 y 431, publicada ayer en el Boletín Oficial, se indica que «resulta oportuno complementar el régimen de certificado de adecuación provisoria de precios, con un mecanismo que brinde un ajustado tratamiento» al factor de adecuación establecido por el Decreto 1.295 de 2002.
Este factor se fijaba hasta ahora según los índices y precios publicados por el INDEC, como lo establecía el decreto original. A partir de ahora, será la Dirección Nacional de Vialidad, dependiente de la subsecretaría de Obras Públicas, la que fijará los valores a considerar para mano de obra, asfaltos, combustibles y lubricantes, y transportes para la categoría obras viales.
En los considerandos de la norma se hacen explicaciones poco convincentes para reemplazar los índices del INDEC, que deben haber sido cuestionados por los contratistas de las obras públicas, tal como lo son por entidades empresarias, bancarias, gremiales y el público. Según la resolución, ya desde abril de 2007 -aceptando en la práctica la existencia de mayor inflación-la Comisión de Seguimiento del Sector de la Construcción aconsejó autorizar a los contratistas la emisión de certificados de adecuaciones provisorias de precios hasta concluir la redeterminación definitiva, «para que no se produzcan demoras en la ejecución de los planes».
Ahora, al sacar el factor de adecuación de la órbita del INDEC, el gobierno afirma en los considerandos que «los precios y/o índices de los insumos principales aplicados para el cálculo son indicaciones generales de tendencias de la economía que no permiten representar en su totalidad a los precios de los insumos de la construcción del sector vial».
Necesario
Agrega incluso que resulta necesario «la aplicación de indicadores de mayor vinculación con la actividad vial, que otorguen precisión a la metodología de la formación de los rubros mano de obra, asfaltos, combustibles y lubricantes, y transportes», que son los que representan 90% de los costos en las obras viales.
También afirma que corresponde utilizar los índices de Vialidad hasta tanto el INDEC efectúe un relevamiento específico.
Pero la metodología de ese organismo resultó eficiente desde 2003 hasta mediados de este año, por lo cual la única explicación es que los datos ya no resultan confiables. Además, la resolución conjunta conocida ayer tiene falta de precisión en cuanto no queda claro si se refiere a toda la obra pública o sólo a la vial.
Hasta ahora, para fijar el factor de adecuación de precios del Decreto 1.295, el INDEC utilizaba datos del índice del costo de la construcción en Gran Buenos Aires (ICC-GBA) y del índice de precios internos al por mayor (IPIB).
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