1 de febrero 2012 - 00:00

Alak: ley antiterrorista no se aplicó en manifestantes de Catamarca

El ministro de Justicia, Julio Alak, desmintió ayer la aplicación de la nueva ley antiterrorista para procesar a nueve detenidos la semana pasada durante una protesta contra la explotación de la mina Bajo la Alumbrera, en la provincia de Catamarca.
El ministro de Justicia, Julio Alak, desmintió ayer la aplicación de la nueva ley antiterrorista para procesar a nueve detenidos la semana pasada durante una protesta contra la explotación de la mina Bajo la Alumbrera, en la provincia de Catamarca.
El ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, desmintió ayer que la Justicia de Catamarca haya utilizado la figura de «delitos con finalidad terrorista» contra nueve manifestantes detenidos la semana pasada durante una protesta contra la explotación de la mina Bajo la Alumbrera.

«Es absolutamente falso que la Justicia de Catamarca haya aplicado a manifestantes las figuras vinculadas a delitos con finalidad terrorista», aseguró Alak, al referirse a la detención de nueve personas ocurrida el 27 de enero pasado en la localidad catamarqueña de Santa María, sobre la Ruta Nacional 40.

Los manifestantes fueron detenidos mientras realizaban una protesta en dicha ruta, sin corte de tránsito, pero impidiendo el paso de los camiones que transportaban elementos hacia la minera La Alumbrera, cuyo cierre exigen desde hace tiempo.

Alak detalló que el arresto de los activistas se produjo «por presunta violación al artículo 194 del Código Penal, que reprime el entorpecimiento del transporte, una situación por demás lejana a cualquier actividad o hecho de tipo terrorista».

El ministro precisó en declaraciones radiales que la polémica Ley N° 26.734, aprobada por el Congreso en diciembre pasado para reprimir actos con finalidad terrorista, «es de aplicación estricta de la Justicia federal». En este punto, Alak remarcó que «lo ocurrido en Catamarca nada tiene que ver con los delitos con finalidad terrorista o el financiamiento del terrorismo».

Incompetencia

También resaltó que «si las autoridades judiciales de la provincia hubieran avanzado en la investigación de hechos» posiblemente vinculados a la nueva normativa, «hubiesen tenido que declararse incompetentes de inmediato, por cuanto se trata de un delito de competencia federal».

Este argumento ya había sido señalado por el fiscal federal de Cámara en Catamarca, Tucumán y Santiago del Estero, Antonio Gustavo Gómez, quien el lunes pasado criticó la actuación de su par provincial Julio Landivar y sugirió que podía ser destituido, ya que había actuado en una causa que no era de su competencia.

Por otro lado, la abogada de los detenidos, Nidia Gauthier, rechazó las explicaciones de Alak e insistió en que la imputación fue por el artículo 213 bis del Código Penal, que dispone penas de cinco a quince años de prisión para quien «tomare parte de una asociación ilícita cuyo propósito sea, mediante la comisión de delitos, aterrorizar a la población u obligar a un Gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo».

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