15 de julio 2015 - 00:00

Boletas para todos, ordenó la Corte

Elena Highton de Nolasco
Elena Highton de Nolasco
La Corte Suprema de Justicia resolvió ayer que el Estado nacional es el que debe asumir el costo de la impresión de boletas electorales para las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del próximo 9 de agosto en el número suficiente para cubrir que haya por cada precandidato a cargos nacionales y por cada elector habilitado en el padrón.

La decisión la tomó el tribunal de manera de asegurar la igualdad de los precandidatos de cada lema que concurre a las PASO, lo que puede hacer estallar las arcas.

Las partidas previstas en el cálculo para este año sólo prevén la impresión de un padrón y medio para cada partido habilitado a competir. Sobre una cantidad de habilitados para votar en todo el país de 32.064.323, significan 48.096.484 electores. Sólo para presidente están anotados para las PASO trece precandidatos, con lo cual deberían imprimirse, con costo para el Estado, unas 625.254.298 boletas sólo para esa categoría.

Una resolución de la Dirección Nacional Electoral del 22 de abril pasado fijó el precio testigo de $ 132,48 por millar de boletas, con lo cual el costo total, sólo para presidente, significará unos $ 82.783.629. A eso hay que sumar las decenas de listas de precandidatos a diputados, senadores y mercodiputados que postulan a decenas de listas para cada una de esas categorías. Anoche trabajaban en el Gobierno para calcular cuánto costará cumplir con esta orden de la Corte.

La sentencia parece una señal de respaldo a quienes postulan reformas del sistema de sufragio para adoptar el voto o la boleta electrónica, que requieren menos papelería y, en consecuencia, menos gastos de impresión. Quienes rechazan esas innovaciones confrontan el gasto en impresiones con lo que cuestan las máquinas para votar y procesar los sufragios con los nuevos ingenios informáticos. El sistema electrónico en la Capital Federal es originalmente un contrato por $ 245 millones.

La sentencia se dictó en respuesta a un pedido de amparo promovido por la Alianza UNEN en 2013, que se quejó de que era "manifiestamente ilegal" la decisión anterior de la autoridad estatal de asignar el monto que únicamente cubre el costo de una boleta por elector. Al establecerse esa restricción, argumentó el pedido, "las listas de la alianza no participan en condiciones de igualdad con las nóminas de precandidatos de las demás agrupaciones políticas que sólo presentan una lista".

"El Estado nacional debe financiar el costo de una boleta por elector para cada uno de los precandidatos que compitan dentro de un mismo partido político"
, estableció la Corte en un fallo firmado por Ricardo Lorenzetti, Juan Maqueda y Elena Highton de Nolasco, en tanto que Carlos Fayt votó en disidencia.

La causa logró que se ordene al Estado nacional otorgar para las PASO de agosto de 2015 "los recursos necesarios para imprimir una boleta por elector registrado en el distrito para cada una de las cuatro listas oficializadas de precandidatos a diputados y senadores nacionales que compiten entre sí dentro de dicha agrupación política".

La Cámara Nacional Electoral había hecho lugar al reclamo y sostuvo que el artículo 32 de la Ley 26.571 establece que se "otorgará a cada agrupación política los recursos que le permitan imprimir el equivalente a una boleta por elector", y el Estado apeló ante la Corte. El máximo tribunal recordó que como doctrina sostiene que "el entendimiento de una ley debe atenerse a los fines que la inspiran, y debe preferirse siempre la interpretación que los favorezca y no la que los dificulte". En función de ello, los jueces se volcaron por que "respete con mayor fidelidad la eficacia de la libre manifestación de la voluntad política antes que priorizar una solución que pueda evitar conocer la expresión genuina del cuerpo electoral".

"Esta interpretación resguarda el derecho del elector, es coherente con el fin de garantizar la efectiva vigencia del principio democrático de la representatividad popular"
, sostuvo la Corte.

Caso contrario, advirtió en su fallo que la imposición a las agrupaciones de asumir esos costos "tendría por efecto, por un lado, desincentivar a los partidos políticos a elegir sus candidatos a través del voto popular, fomentando la designación en su seno interno; y por el otro, pondría en situación de desventaja a los partidos que cuenten con menores recursos".

De esta forma, el Estado nacional deberá solventar las boletas en su totalidad y no con un porcentaje, como había hecho en oportunidades anteriores.