22 de febrero 2023 - 00:00

caso oil combustibles y el desapoderamiento de los bienes YPF, persecución y encubrimiento

accionistas mayoritarios de nacionalidad paraguaya. Esta firma celebró un contrato con YPF por la compra de una parte de los puntos de venta (15 millones de dólares a pagar en plazo), y obtuvo de YPF un contrato de abastecimiento de combustibles por un valor total de casi 3.000 millones de dólares, con una línea de crédito de casi 75 días, por la cual le permitía pagar el combustible retirado casi dos meses después que lo cobró a sus clientes. La sociedad fue constituida apenas unos días antes de la celebración de los contratos mencionados.

¿De qué forma administró YPF ese patrimonio adquirido?

En la causa se señala que el 13 de septiembre de 2018, la firma Dapsa formuló una propuesta de participación conjunta dirigida a YPF y a Santiago Martínez Tanoira, mediante la cual se proponía que ambas compañías realizaran una oferta mancomunada en el proceso falencial de Oil Combustibles. YPF aceptó las propuestas realizadas por Dapsa, sin indicar en ningún caso cuál fue el procedimiento ajustado a los principios de administración de la empresa que autorizaba a los firmantes a llevar adelante tal acto jurídico.

Ante la reiteración de no aportar la documentación respaldatoria, podría pensarse que no existían procedimientos formales en dichos procesos empresariales, y por consiguiente, que las decisiones fueron tomadas en un marco de absoluta informalidad y dentro del marco de persecución que se realizaba contra Grupo Indalo, sus sociedades y sus accionistas, en el cual, como se dijo, Fabián Rodríguez Simón fue su principal articulador.

El día 31 de octubre de 2018 Dapsa formuló una segunda oferta dirigida a YPF, en la cual propuso abonar nueve millones de dólares (u$s9.000.000) por una porción de la red de estaciones de servicio de Oil Combustibles, liberando a YPF para vender a un tercero el resto de la red en un plazo de noventa días. En caso de que las gestiones de la petrolera estatal no arribaran a buen puerto, Dapsa se comprometía a abonar el saldo restante de nueve millones de dólares (u$s9.000.000), pasando a ser titular del 100% de la referida red de estaciones de servicio. El mismo día que las recibió YPF no se indicó en ningún caso cuál fue el procedimiento ajustado a los principios de administración de la empresa que autorizaba a los firmantes a llevar adelante tal acto jurídico.

Al igual que en el caso anterior, ante la reiteración de no aportar la documentación respaldatoria, podría suponerse la inexistencia de procedimientos formales en dichos procesos empresariales, y por consiguiente, que las decisiones fueron tomadas en un marco de absoluta informalidad y dentro del marco de persecución que se realizaba contra Grupo Indalo.

Pero hay más. El 21 de diciembre de 2018 la empresa Delta Patagonia formuló una propuesta dirigida a YPF (con una particular mención a Santiago Martínez Tanoira) para adquirir las ciento seis (106) bocas de expendio de carácter minorista de Oil Combustibles (sobre las cuales Dapsa había perdido interés), por la suma de quince millones de dólares (u$s15.000.000). El mismo día que las recibió YPF, sin indicar en ningún caso cuál fue el procedimiento ajustado a los principios de administración de la empresa que autorizaba a los firmantes a llevar adelante tal acto jurídico. Una vez más, ante la reiteración de no aportar la documentación respaldatoria, podría suponerse la inexistencia de procedimientos formales en dichos procesos empresariales, y por consiguiente que las decisiones fueron tomadas en un marco de absoluta informalidad y vinculada a la persecución que se realizaba contra Grupo Indalo.

¿Saben todo esto los actuales responsables de YPF?

Cabría preguntarse si la dirigencia actual de YPF -donde permanecen Tanoira y Lahore- han tomado noticia de la situación. La respuesta es sí. Existió una reunión formal de la compañía a quien fuera CEO de la misma, Sergio Affronti, donde se lo ilustró del tema, se aportó información que sustentaba la sospecha. El propio Affronti asumió el compromiso de contratar un tercero independiente a efectos que practique una auditoría de gestión sobre el tema. A la fecha, no hay novedades ni conocimiento de que se haya realizado en este sentido acción alguna.

Por otra parte, también se solicitó una reunión formal al actual presidente de YPF, se lo ilustró del tema, y a la fecha no se tiene conocimiento que haya realizado los actos societarios correspondientes ante un supuesto desfalco de 10.000 millones de dólares al patrimonio de la sociedad.

Al margen de lo antes mencionado, y ante el conocimiento informal por parte de los querellantes de supuestas represalias por parte de VP de YPF, con las personas jurídicas y humanas vinculadas a los mismos, debido al proceso de investigación en la búsqueda de la verdad relacionada con el comportamiento de YPF en la persecución al Grupo Indalo, Oil Combustibles y sus accionistas, en el mes de diciembre de 2022 uno de los accionistas de Grupo Indalo hizo una exhaustiva presentación ante el área de Compliance de la empresa. Se desconoce a la fecha cuál ha sido el resultado de la investigación y si, debido a la gravedad de su importancia económica y la violación sistemática -en este accionar- a las normas de administración, transparencia y anticorrupción, la sociedad ha hecho las presentaciones correspondientes en los organismos de contralor de las Bolsas de Comercio en las cuales opera, e informado a sus directores y accionistas.

Como se mencionó al comienzo de esta nota, a medida que pasan los meses y años, son más las preguntas que por ahora quedan sin respuesta. ¿Puede una empresa que cotiza en Bolsas de Comercio tan importantes como Buenos Aires y Nueva York violar las normas de administración de sus bienes, así como también las de sus procesos de inversión y desinversión? ¿Puede una compañía pública, en forma reiterativa, obstruir el proceso de la búsqueda de la verdad ante un supuesto hecho delictivo que se realizó valiéndose de la misma? ¿Pueden los actuales responsables de la sociedad estar totalmente al margen de la investigación que podría ser uno de los mayores desfalcos al patrimonio de YPF SA, y por consiguiente ser cómplices activos o pasivos del mismo? ¿Pueden los funcionarios responsables de la compañía abstraerse del proceso de colaboración de información requerido por la Justicia, y de esta manera ser cómplices activos o pasivos del proceso de encubrimiento que se hace desde YPF SA con la Justicia?

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