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Cierran causa por mayor contagio de sida en la Argentina
La Sala I de la cámara, por voto mayoritario, avaló la resolución del juez federal Claudio Bonadío de dar por prescripta la acción. El presidente del tribunal, Eduardo Freiler, votó en disidencia con el argumento de que el fallecimiento de algunos de los denunciantes había extendido el plazo de prescripción, lo que a su criterio mantenía vigente la causa.
La investigación giró en torno de la actuación de los doctores Pedro Raúl Pérez Bianco y Miguel de Tezanos Pinto, como directores de la Asociación Nacional de Medicina, y Eduardo Biedma y Eduardo Díaz como directivos de la Fundación de la Hemofilia. La querella, representada por el abogado Gonzalo Giadone, impulsó en el fuero federal la causa bajo la premisa de que los imputados habían incurrido en el delito de propagar una enfermedad, e incluso pidió que fuesen juzgados como autores de crímenes de lesa humanidad. En la Justicia de Instrucción también hubo antecedentes por el mismo caso, así como en juicios civiles con planteos indemnizatorios.
Los camaristas Jorge Ballestero y Eduardo Farah coincidieron en dar por prescripto el expediente por entender que al ser llamados a declaración indagatoria dos de los acusados (Tezanos Pinto y Pérez Bianco, los otros dos nunca fueron convocados) ya habían transcurrido más que los doce años previstos en la legislación para considerar la acción extinguida a partir del momento en que se cree fueron producidos los contagios.
Denunciante
De acuerdo con la investigación, las plaquetas que recibieron los pacientes en la Fundación de Hemofilia fueron suministradas entre 1979 y 1985, en el caso de los que fueron contagiados de sida, y entre 1979 y 1991 para los que contrajeron hepatitis C.
Los denunciantes fueron Jorge Remón; Rubén Vera; Carlos Alberto Vera y su esposa, Susana Rivero; Juan Cruz y Diego Vaccaro; Luis Echaren; Fabián Castro; Carlos Alberto Santillán; Juan José Equetino; Cristian Gillich y su mujer, Claudia Díaz Bessone, y Jorge Chentola. Cuatro de ellos murieron: Vaccaro, en 1997; Castro, en 2005, y Chentola y Gillich, en 2008.
Durante el proceso el abogado Giadone acusó a Bonadío de «dudosa imparcialidad» por entender que tardó demasiado tiempo en ordenar las pericias reclamadas por la querella para así, supuestamente, facilitar la prescripción. El expediente también transitó sin éxito por la Corte Suprema, y los denunciantes llegaron a acudir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.


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