8 de enero 2016 - 00:00

Ciudad: no detendrán a quienes no porten DNI

Martín Ocampo
Martín Ocampo
 El ministro de Justicia y Seguridad porteño, Martín Ocampo, aclaró ayer que las fuerzas de seguridad no podrán "arrestar" a los ciudadanos que no exhiban documentos de identidad, y advirtió que toda conducta policial fuera de la ley "debe ser sancionada".

El funcionario se pronunció un día después de que el Tribunal Superior de Justicia porteño autorizara a la policía a requerir el DNI a los transeúntes sin que medie una sospecha aparente.

"Si no se tiene DNI hay un tiempo para averiguar la identidad, pero no se arresta", manifestó Ocampo que responde al ala del macrismo referenciada en Daniel Angelici. Se trata de un funcionario con cartera clave porque debe supervisar el traspaso de la policía federal a la órbita de la Metropolitana. De hecho el fallo del TSJ era analizado ayer en la justicia de la Ciudad como una resolución en sintonía con la reestructuración de las fuerzas de seguridad.

Al rechazar un fallo de instancias inferiores, el Tribunal Superior de Justicia consideró como competencia de las fuerzas policiales la potestad de requerir la exhibición de documentos de identidad.

El máximo tribunal porteño consideró a esa determinación como una facultad policial, tras revocar fallos de las instancias anteriores del fuero Penal y Contravencional que había anulado un operativo en el barrio Constitución, que concluyó con un particular detenido por portación ilegal de arma de fuego.

La resolución fue firmada por los jueces Luis Lozano, Inés Weinberg y José Casás, mientras que la magistrada Ana Conde votó en disidencia por considerar que hubo errores en el procedimiento.

Desde diversos sectores se expresaron duras críticas a la decisión de la corte porteña. Los constitucionalistas Daniel Sabsay y Andrés Gil Domínguez se manifestaron contra la misma.

"Existen estándares internacionales que establecen que una persona no debe ser detenida salvo que haya una orden judicial o que esté cometiendo un delito o que esté a punto de cometerlo", sostuvo Claudia Cesaroni del Centro de Estudios de Política Criminal.

Cesaroni destacó a que el fallo está basado en una ley orgánica vigente que dejo de regir en 1958.

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