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Creó la AFIP un registro sobre acopio de granos
Ricardo Echegaray
El ente recaudador detalló que el control abarcará a "acopiadores, plantas industriales, acondicionadores, fraccionadores y almacenajes", sectores que deberán declarar "las existencias de granos, los ingresos o salidas correspondientes a la recepción o emisión de cartas de porte ferroviarias; conocimientos de Embarque o remitos, o los que en el futuro los sustituyan o complementes". Javier Buján, presidente del Centro de Corredores de Cereales confirmó que esta resolución no abarca a los productores. Y admitió que no modifica en sustancia la manera de trabajo, sólo agrega un paso más.
Se trata del "Régimen de Registración Sistémica de Movimientos y Existencias de Granos no destinados a la siembra" (cereales y oleaginosos y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-), establecido a través de una resolución general publicada ayer en el Boletín Oficial. Así, los entes alcanzados deberán ingresar a la web de la AFIP para declarar las "existencias de granos a la hora cero del día de entrada en vigencia del presente régimen o, en su caso, del día de inicio de actividades".
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, buscó aclarar que la nueva disposición "no implica un aumento del control fiscal" y explicó que se trata sólo de "informatizar" el registro que ya existe desde 2009.


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