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Estalla otra pelea por subrogante: ahora, Durán
Gabriela Vázquez
Ahora, el juzgado pasa a quedar bajo la órbita de Jorge Di Lorenzo, que subroga el juzgado número 3 y que fue nombrado por la Magistratura con aval del kirchnerimo. Di Lorenzo ejercería en el juzgado número 1 hasta que en 3 jure Ernesto Kreplak, que ayer recibió el acuerdo del Senado. Ahora, la Cámara debe tomarle juramento.
Anoche, la titular de la Magistratura, la jueza Gabriela Vázquez, se preparaba para apelar la decisión de Recondo a fin de lograr una reconsideración por parte de la Cámara respecto de la actuación de Durán. Recondo declaró inconstitucional el artículo 2º de la Ley 27.145, la cual rige las subrogancias y establece que la designación "se hará con un juez de igual competencia de la misma jurisdicción (o) con un miembro de la lista de conjueces". "Como se advierte, la nueva ley deja en manos del Consejo de la Magistratura la facultad de elegir entre un juez o un miembro de la lista de conjueces", remarcó el magistrado, quien dijo que la norma "transgrede" la Constitución, "en tanto que de aquí en más, le permite" a aquel organismo "prescindir de la prerrogativa constitucional de que sean, en primer lugar, los magistrados de igual competencia quienes deban asumir las subrogancias".
En realidad, ayer Recondo terminó de redondear una serie de definiciones previas referidas únicamente a expedientes particulares en los cuales el juez era cuestionado. Recondo le retiró a Durán la causa por supuesta evasión que protagoniza Leonardo Fariña, entre otros trámites. La petición contra Durán fue hecha por los presidentes de la UCR de La Plata y de Magdalena, quienes, entre otras cosas, recordaron que era secretario y que en el concurso para ser juez obtuvo el puesto 22. Para Recondo, ya sea abogado o conjuez, Durán debía contar con la aprobación del Senado de la Nación al momento de su designación por parte del Consejo de la Magistratura. "¿Cómo haría un juez subrogante para decidir la presente causa si su permanencia en el cargo dependiera -en el mejor caso- de la voluntad de una mayoría simple del Consejo? ¿Con qué libertad podría disponer que el Consejo de la Magistratura -que tendría la facultad de designarlo y removerlo- haga o deje de hacer algo?", se preguntó el magistrado.

