3 de diciembre 2008 - 00:00

La Corte revocó la orden de liberar 60 menores de 16 años

Ricardo Lorenzetti
Ricardo Lorenzetti
La Corte Suprema de Justicia revocó ayer una decisión de la Cámara Nacional de Casación Penal que había ordenado liberar progresivamente a los menores de 16 años alojados en institutos correccionales de la Capital Federal. El tribunal hizo lugar a un recurso en ese sentido que había hecho el fiscal Raúl Plee y que en la actualidad afecta a 60 adolescentes.

En la resolución, la Corte reclamó al Poder Ejecutivo a que «en un plazo razonable» adecue la normativa relacionada con los menores «a los estándares mínimos que surgen de los instrumentos internacionales». A su vez, indicó al Estado nacional y de la Ciudad de Buenos Aires que mediante sus «organismos administrativos competentes implementen efectivamente» dichas medidas, con el propósito de trazar y ejecutar políticas públicas que tiendan a excluir la judicialización de los problemas que afectan a los menores no punibles».

El fallo, firmado por la totalidad de los ministros de la Corte, recuerda que el Comité de los Derechos del Niño, en octubre de 2002, ya había expresado «su preocupación» respecto de que la ley vigente en el país «no traza una distinción clara entre niños que necesitan protección y cuidado y niños en conflicto con la ley penal».

La Ley 22.278, que se aplica a los menores de 16 años, había sido declarada inconstitucional por la Casación, pero según la Corte «no ha sido aún ajustada» a la normativa internacional.  

  • Atribución

  • Además, advirtió que no es de su competencia modificar la ley vigente, pues «implicaría sustituirse a competencias propias de los otros poderes del Estado», y remarcó que para ello el Congreso tiene la «atribución específica» de hacerlo.

    Incluso indicó que el tema merece «un debate profundo» que «excede» la competencia de la Corte, aunque señaló que «el tribunal no puede permanecer indiferente ante la gravedad de la situación y la demora en proceder a una adecuación de la legislación vigente».

    «El deber del Estado de respetar los derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos incumbe a cualquier poder y órgano, independientemente de su jerarquía, so pena de incurrir en responsabilidad internacional», agregó.

    Por otra parte, la Corte le encomendó a los jueces «velar por el respeto de los derechos de los que son titulares cada niña, niño o adolescente», lo que «implica escucharlos con todas las garantías a fin de hacer efectivos sus derechos».

    «Les concierne a los jueces mantener un conocimiento personal, directo y actualizado de las condiciones en las que se encuentran los niños sujetos a internación» con el fin de lograr «un mejoramiento en la calidad de vida» de los menores.

    En tanto, los jueces hablaron de «derechos especiales que tienen los niños por su condición», los cuales «no constituyen sólo un postulado doctrinario, sino un imperativo constitucional».  

  • Suspensión

    El 18 de marzo pasado, la Corte había suspendido la medida dictada en diciembre de 2007 por la Cámara de Casación que había ordenado liberar a los menores de 16 años detenidos en la Capital Federal, luego de un pedido formulado por la Fundación Sur. Ahora, los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Maqueda, Carmen Argibay, Eugenio Zaffaroni y Enrique Petracchi revocaron ese fallo.

    El diputado arista rebelde Emilio García Méndez, de la Fundación Sur, quien había impulsado la causa a favor de la liberación de los menores detenidos en institutos, consideró que el fallo de la Corte es «aberrante porque avala un decreto de la dictadura militar». García Méndez anticipó que apelará ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.