8 de diciembre 2015 - 00:00

Mayorías y atribuciones

Mayoría simple. Con 84 bancas sobre 167 -un resultado ya superado- la oposición podrá promulgar leyes, aprobar o rechazar nombramientos, designar jueces y elegir al presidente de la Asamblea Nacional, hoy Diosdado Cabello, y que presumiblemente será reemplazado por Henry Allup. Además, podrán dar curso a una ley de amnistía que serviría para liberar a los presos políticos como Leopoldo López y Antonio Ledezma. Y lo más extremo: podría proponer un voto de censura al vicepresidente y a los ministros y autorizar el enjuiciamiento del presidente.

Tres quintos. Si consigue la mayoría de 101, los legisladores podrán además avalar o rechazar leyes habilitantes para el Poder Ejecutivo, una herramienta a la que el oficialismo echa mano desde los años de Hugo Chávez y que permite gobernar sin el consenso del Congreso. Además, podría convocar también una Asamblea Nacional Constituyente, que renueve la carta magna y legitime a todas las autoridades de los Poderes Públicos.

Dos tercios. De acuerdo con la Constitución establecida en 1999, con 112 la fuerza dominante podría designar o remover a las autoridades del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del Consejo Nacional Electoral (CNE). Además, con esta capacidad se pueden promover referendos -incluso un revocatorio-, reformas constitucionales y asambleas constituyentes, así como promulgar leyes orgánicas, como se conocen en Venezuela las leyes que desarrollan derechos fundamentales o sirven de marcos conceptuales para otras leyes y reglamentos. También someter tratados internacionales a referendo en caso de que atenten en contra de la soberanía nacional.

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