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Mayorías y atribuciones
• Tres quintos. Si consigue la mayoría de 101, los legisladores podrán además avalar o rechazar leyes habilitantes para el Poder Ejecutivo, una herramienta a la que el oficialismo echa mano desde los años de Hugo Chávez y que permite gobernar sin el consenso del Congreso. Además, podría convocar también una Asamblea Nacional Constituyente, que renueve la carta magna y legitime a todas las autoridades de los Poderes Públicos.
• Dos tercios. De acuerdo con la Constitución establecida en 1999, con 112 la fuerza dominante podría designar o remover a las autoridades del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del Consejo Nacional Electoral (CNE). Además, con esta capacidad se pueden promover referendos -incluso un revocatorio-, reformas constitucionales y asambleas constituyentes, así como promulgar leyes orgánicas, como se conocen en Venezuela las leyes que desarrollan derechos fundamentales o sirven de marcos conceptuales para otras leyes y reglamentos. También someter tratados internacionales a referendo en caso de que atenten en contra de la soberanía nacional.


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