13 de noviembre 2017 - 00:00

Pensiones por discapacidad con aval judicial

La Cámara Nacional de la Seguridad Social confirmó la sentencia que había ordenado restituir las pensiones por discapacidad, dadas de baja por el Ministerio de Desarrollo Social. Los camaristas insistieron en que por tratarse de "derechos alimentarios e irrenunciables" de las personas con discapacidad esas pensiones deben ser restituidas. Agregaron que esas "prestaciones no contributivas por incapacidad otorgadas a las personas con discapacidad residentes en todo el territorio de la República Argentina fueron dadas de baja o suspendidas sin mediar resolución fundada previa en un proceso que garantice el debido proceso adjetivo que incluya el derecho a ser oído, ofrecer y producir prueba y obtener una decisión fundada".

Además, en el fallo sostuvieron que si hubo "excesos en la concesión de estos beneficios no contributivos", lo cuestionable de la solución adoptada para remediarlos sería el cese intempestivo de los derechos prestacionales de la seguridad social adquiridos al amparo de la legislación vigente, sin intervención o conocimiento alguno por parte de sus titulares, lo cual vulneraría a todas luces las garantías de la defensa en juicio, el debido proceso legal, y la protección convencional y constitucional de los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad".

La abogada de la Asociación REDI, Vanina Suleiman, aseguró que la sentencia "es contundente al destacar que nuestro reclamo tiene un palmario fundamento constitucional y convencional. El proyecto de Presupuesto 2018 presenta una disminución de 38.000 pensiones en relación con 2017. Habrá que insistir en el Congreso para que se explique la procedencia de los fondos para dar cumplimiento a la medida cautelar".

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