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Reglamentos “de facto”
El Gobierno y su relación con la Corte Suprema aportan creaciones sofisticadas para esa colección.
La Comisión de Juicio Político, con voto oficialista, decidió esta semana abrir un "proceso investigativo" para determinar la aptitud psicológica y física del juez Carlos Fayt. Ese "proceso investigativo" no existe como procedimiento legislativo en una comisión. Y aunque en este caso se intente forzar una interpretación reglamentaria, una comisión ordinaria no puede citar compulsivamente a declarar a testigos. Por lo tanto, nadie está obligado a ir a declarar. De hecho, debería preocupar al propio kirchnerismo que se siente el precedente de presión legislativa para apurar la remoción de un cargo alegando cuestiones médicas, sin seguir un procedimiento constitucional de juicio político. En este caso, hasta podría hablarse de prejuzgamiento, si se piensa en un hipotético procedimiento futuro.
En abril, Miguel Pichetto aportó con otro término inexistente. Fue cuando anunció que el pliego para el acuerdo a Roberto Carlés en la Corte quedaría "en reserva". Nadie entendió a qué tecnicismo se refería. En realidad, lo utilizó para definir falta de votos para ratificar a un juez y el pase del dictamen al fondo de un cajón hasta que se negocie una situación mejor.

