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Transporte: sin subsidio a quienes no aporten
En la resolución, que lleva el número 653/12, se explica que se verificará el cumplimiento tributario de quienes actualmente reciben gasoil a precio diferencial y los regímenes de compensaciones tarifarias. Aquellos que tengan deudas previsionales serán suspendidos del beneficio por 20 días con el fin de que regularicen su situación.
Cumplido el plazo otorgado por la secretaría, quienes no hayan adecuado su situación tributaria quedarán excluidos de los beneficios. Seguirán gozando de éstos quienes mantengan deudas inferiores a $ 100 en el caso de personas físicas y de $ 1.000 en el de personas jurídicas.
La norma puntualiza que «aquellos prestadores que, habiendo sufrido la suspensión de los beneficios, mantengan la situación de incumplimiento según la información que remita la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para el primer procesamiento posterior al día 20 del mes en el cual se produjera la suspensión, perderán el derecho a los beneficios de cada uno de los regímenes por el período correspondiente».
«Respecto a los prestadores que, habiendo sufrido la suspensión de los beneficios, acrediten la regularización de su situación ante la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) hasta el día 20 del mes en el cual se produjera la suspensión, se procederá al levantamiento de la suspensión del beneficio de que se trate», continúa.
El texto indica que «la verificación será efectuada a partir del procesamiento de la información del mes de enero de 2012 del régimen de gasoil a precio diferencial y de la liquidación de las acreencias de los regímenes de compensaciones tarifarias de dicho período».


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