El juez rechazó una medida interna sobre el documento porque aún "no entró en vigencia". Sin embargo, aceptó la competencia del caso y exigió un informe al Poder Ejecutivo.
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Un juzgado del Trabajo rechazó dictar cautelar para suspender DNU en una demanda de la CGT
Al mismo tiempo que se desarrollaba una multitudinaria marcha en frente de Tribunales, la Justicia rechazó la cautelar sobre el amparo de la Central General de los Trabajadores (CGT) presentado contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei.
El juez rechazó una medida interna sobre el DNU porque aún no entró en vigencia. Sin embargo, exhortó al Poder Ejecutivo a que conteste un informe previo por 3 días y luego decidirá si suspende la norma cuestionada.
El juzgado laboral interviniente a cargo de José Ramonet rechazó la cautelar sobre la presentación de la central de los trabajadores aunque hay otras tantas presentadas en el fuero Contencioso Administrativo Federal.
El juzgado resolvió: "Desestimar la medida cautelar ‘interina’ solicitada por la parte actora y correr traslado de la presente acción al Poder Ejecutivo Nacional-Jefatura de Gabinete de Ministros para que en el plazo de tres días, produzca el informe precautelar previsto en el art. 4 de la ley 26854, dando cuenta del interés público comprometido en la solicitud, informe que deberá responder en el plazo otorgado bajo apercibimiento de resolver".
"No encuentro que se den razones ‘graves y objetivamente impostergables’ (conf. Art.4 inc. 1ro. Párrafo 3), que habiliten el dictado de una medida cautelar 'interina', considerando para ello que la norma todavía no entró en vigencia", fundamentó el magistrado.
De esta forma, el magistrado del fuero laboral asumió la competencia para tramitar la demanda de inconstitucionalidad presentada por la central obrera,
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