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YPF acatará el fallo en el plazo que se establezca
El dictamen de la Corte sólo da lugar al recurso de amparo presentado por Rubén Giustininani, lo que significa que YPF no está obligada, por lo menos por ahora, a difundir públicamente el convenio . Además, por el momento el Tribunal tampoco fijó plazos, así que deberá haber una decisión posterior que deberá gestionar el senador socialista.
Tras la definición de que acatará el fallo, la petrolera insistió en su posición . Dijo que por "la Ley 26.741, por la cual el Estado nacional declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el 51% del capital accionario de YPF, la empresa opera como una sociedad anónima abierta" , y que no le son "aplicables legislación o normativa administrativa alguna que reglamente la administración, gestión y control de las empresas o entidades en las que el Estado nacional o los Estados provinciales tengan participación". YPF también recordó que "la Justicia nacional de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal y la Cámara de dicho fuero entendieron previamente que la normativa (la Ley 26.741) implicaba que la empresa no se encontraba alcanzada por el decreto de acceso a la información pública 1172 de 2003 y, por ende, no correspondía acceder a la entrega del contrato celebrado entre YPF y sus afiliadas y Chevron Corp y sus afiliadas". "Tal criterio fue revisado y dejado sin efecto por la Corte Suprema de Justicia en el fallo", concluyó YPF.


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