A través de la Comunicación “A” 7984/2024 del Banco Central (BCRA), publicada este lunes en el Boletín Oficial, se aprobaron modificaciones a la normativa sobre la distribución de resultados de las entidades financieras del país.
Asimismo, la distribución de resultados debe ser consistente con el "Plan de negocios y proyecciones e informe de autoevaluación del capital".
sta medida estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.
A través de la Comunicación “A” 7984/2024 del Banco Central (BCRA), publicada este lunes en el Boletín Oficial, se aprobaron modificaciones a la normativa sobre la distribución de resultados de las entidades financieras del país.
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Según menciona el texto oficial, el objetivo de la normativa es flexibilizar la distribución de resultados para las entidades financieras durante el año 2024. Además, se especifica que esta distribución de resultados debe estar en línea con la información proporcionada en el Régimen Informativo "Plan de negocios y proyecciones e informe de autoevaluación del capital".
La circular también menciona la necesidad de realizar los cálculos en moneda homogénea en la fecha de la asamblea y en el momento del pago de cada una de las cuotas.
Finalmente, se indica que las modificaciones realizadas pueden consultarse en la página web del BCRA, donde se encuentran los textos ordenados de la normativa general con las modificaciones resaltadas.
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