El Gobierno oficializó hoy el pago de un complemento mensual para los beneficiarios de las Asignaciones Familiares que se abonará a los trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional y que se encuentren dentro del primer o del segundo rango de ingresos fijado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Por su parte, la medida fue formalizada a través del decreto 719 publicado hoy en el Boletín Oficial.
Complemento Mensual para Asignaciones Familiares: a quién le corresponde
- Beneficiarios y las beneficiarias de la Prestación por Desempleo
- Contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que tributen en las categorías A, B, C o D y a las personas titulares que perciban las asignaciones familiares del segundo rango fijado por Anses
Cabe destacar que la norma establece además que se abonará siempre que sus titulares hayan generado derecho al cobro de la Asignación por Hijo y/o de la Asignación por Hijo con Discapacidad y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.
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