El pasado 18 de diciembre, un avión privado se despistó y se prendió fuego en la pista del aeropuerto de San Fernando, en la provincia de Buenos Aires, resultando en dos víctimas fatales. Este viernes, el Gobierno publicó el Informe Preliminar del accidente.
Qué reveló el primer sobre el accidente en el aeropuerto de San Fernando
El documento tiene un carácter estrictamente técnico y no genera en sus conclusiones ninguna presunción de culpas o responsabilidades administrativas, civiles o penales sobre los hechos investigados.
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La aeronave es un Challenger 300 que realizaba una operación privada.
La aeronave involucrada era un Bombardier Challenger 300, que pertenece a la familia Brito y volvía a Buenos Aires luego de realizar un viaje a Punta del Este. El siniestro derivó en la muerte de los pilotos Martín Fernández Loza (44) y Agustín Orforte (35).
Según detalla el informe, "la excursión de pista de la aeronave provocó la rotura de los alambrados perimetrales del aeropuerto y la destrucción total de un automóvil particular ubicado en la calle paralela a los alambrados. El incendio generado en la aeronave tras el impacto afectó a una serie de viviendas ubicadas en la zona de la posición final de la aeronave. Debido al riesgo de derrumbe causado por los daños estructurales derivados del incendio, Defensa Civil del Municipio de San Fernando procedió con la demolición de una de las viviendas".
La posición final de la aeronave fue a 230 metros del extremo de pista y aproximadamente a 30 metros más allá del alambrado perimetral del aeropuerto.
Según el cuerpo de bomberos, "Al momento del suceso, el aeropuerto tenía la categoría 520 para la extinción de incendios, con una autobomba de 6.000 litros de agua, 725 litros de espuma y 180 kilos de polvo químico seco. Según lo relevado, en ese momento estaban operativos y con carga completa dos camiones autobomba".
En el área destinada al Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios (SSEI) se observó la presencia de aeronaves en desuso que obstaculizaron el tránsito rápido de los camiones de bomberos. Estas aeronaves no se encontraban ancladas al suelo y varias no contaban con cuñas de estacionamiento. Al respecto, se constató que el 28 de octubre de 2024, la Policía Federal Argentina (PFA) notificó mediante comunicación oficial a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) sobre la presencia de estas aeronaves que dificultan el rápido accionar de la dotación de bomberos.
Según las entrevistas realizadas con el personal de bomberos, la conexión de repostaje de agua no contaba con la presión suficiente para realizar una carga rápida de los tanques, situación que se encuentra en proceso de investigación. Además, la tolva de carga rápida de espuma requería que el personal accediera al techo del vehículo, el cual no contaba con barandas de protección, y no disponía de una escalera que facilita un acceso rápido.
Además, desde el momento en que la aeronave inició la excursión de pista (+0:00) hasta que las autobombas ARFF y de apoyo transitaron por la calle de rodaje Charlie, transcurrieron 2 minutos y 38 segundos (+2:38)
Asimismo, la cabina de mando, donde se encontraban los tripulantes mantuvo su integridad estructural, incluso después de que se sofocara el incendio. El equipo de investigación constató que la puerta de la cabina se encontraba cerrada y orientada hacia arriba en un ángulo de 45 grados.
Por último, la aeronave contaba con una salida de emergencia situada en la sección media de la cabina de pasajeros. Esta zona resultó completamente destruida producto del incendio.
El Informe Preliminar sobre el accidente en San Fernando
El Informe Preliminar, emitido por la Junta de Seguridad en el Transporte (JST), fue elaborado los plazos establecidos por el Anexo 13 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y, cuenta con información recopilada por el equipo técnico de la Dirección Nacional de Investigación de Sucesos Aeronáuticos de la JST, según precisaron las autoridades.
Asimismo, aseguraron que "desde el Organismo se pusieron a disposición todos los recursos humanos y técnicos necesarios para el desarrollo de la investigación".
También explicaron la importancia de remarcar que el escrito presenta "los hallazgos preliminares, sujetos a modificaciones conforme avance la investigación. El análisis, conclusiones y recomendaciones de seguridad operacional sólo serán publicados en el Informe de Seguridad Operacional".
"De conformidad con la Ley 27.514, la misión de la JST es contribuir a la seguridad en el transporte a través de la investigación independiente de accidentes y la emisión de recomendaciones. En ese sentido, la JST es la autoridad de aplicación del Anexo 13 y, como tal, tiene la misión de investigar los accidentes e incidentes aeronáuticos a nivel nacional", agregaron.
Y cerraron: "La investigación de la JST tiene un carácter estrictamente técnico. No genera en sus conclusiones ninguna presunción de culpas o responsabilidades administrativas, civiles o penales sobre los hechos investigados".




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