La Justicia laboral no les dio ayer la razón ni a Hugo Moyano, ni a Armando Cavalieri en el conflicto de Carrefour. Una sala de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo sostuvo que el Ministerio de Trabajo no tiene potestad para encuadrar a ningún empleado en un convenio colectivo. Por el contrario, ratificó la libertad de elección gremial. Esto es que cada trabajador pueda decidir cuando haya conflicto de encuadramiento a qué sindicato sumarse, si lo reclama vía judicial. La medida, fue adoptada por la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que desestimó todos los recursos presentados en la disputa que mantienen los camioneros y los mercantiles por la tutela gremial de los empleados de Carrefour de Esteban Echeverría. Ahora, la instancia que resta es una acción judicial de encuadramiento o llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia. «El Ministerio de Trabajo no puede encuadrar al personal ni convencional ni sindicalmente», sostuvieron los camaristas, y ratificaron que la aplicabilidad de una convención colectiva de trabajo debe ser resuelta por un órgano judicial. El fallo generó mucha confusión porque tanto el gremio de Cavalieri como el de Moyano se adjudicaron un triunfo, mientras que el Ministerio de Trabajo consideró que la Justicia había ratificado la validez de la resolución en la que intimó a Carrefour a que aplicara el convenio de los camioneros para sus empleados.
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La medida fue adoptada por la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que desestimó todos los recursos presentados en la disputa que mantienen Hugo Moyano y Armando Cavalieri por la tutela gremial de los empleados de Carrefour de Esteban Echeverría. Ahora la instancia que resta es una acción judicial de encuadramiento o llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia. Para el Ministerio de Trabajo, el fallo significa que la Justicia dejó en firme la resolución por la cual se intima a Carrefour a que aplique el convenio de los camioneros.
En un fallo de cuatro carillas, la cámara sostiene que «el Ministerio de Trabajo no puede encuadrar al personal ni convencional ni sindicalmente» y que la aplicabilidad de una convención colectiva de trabajo debe ser resuelta por un órgano judicial.
Apenas conocido el fallo laboral, Cavalieri, titular de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), salió a adjudicarse el triunfo en su demanda al señalar que la Justicia había ratificado lo sostenido por el gremio, es decir, que la cartera laboral no encuadró ni puede encuadrar a los trabajadores y, mucho menos, modificar por una simple resolución el Convenio Colectivo 130/75 que se venía aplicando.
Los trabajadores del centro de distribución de Carrefour continuarán encuadrados en el gremio mercantil, ya que la propia Sala «ha cuestionado también que, a través de una simple inspección, pueda modificarse la situación laboral del personal», sostuvo en un comunicado el gremio mercantil.
Por el contrario, el gremio de los camioneros consideró que la Justicia falló a su favor al rechazar «la presentación de los recursos» ante la Cámara de Apelaciones, en una interpretación que «se aleja de la lectura del fallo y sólo atiende la palabra 'desestimar' y no la integralidad conceptual», señalaron los abogados de Comercio.
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