Un tribunal de alzada dio ayer término a la etapa más politizada del caso armas: la causa le fue sacada al juez Jorge Urso, creador de la figura de la "asociación ilícita" que le permitió poner presos a Carlos Menem y a Emir Yoma, y que luego fue destruida en un fallo ejemplar de la Corte Suprema de Justicia. La Cámara Nacional de Casación Penal ordenó que la causa pase al fuero Penal Económico. Así, la investigación de Urso pasa ahora al juez Julio Speroni, siguiendo el dictamen del fiscal Raúl Pleé.
La sala II de la Cámara de Casación Penal -la segunda instancia judicial del país más importante después de la Corte-decidió que la tramitación de todos los sumarios penales abiertos por el envío de armas al exterior queden a cargo del juez en lo penal económico Julio Speroni. De esa manera, en la práctica, los jueces Pedro David, Raúl Madueño y Juan Fégoli apartaron al controvertido juez federal Jorge Urso y su no menos cuestionado fiscal Carlos Stornelli del polémico caso judicial. Ambos habían sido duramente castigados por la Corte por su forzada interpretación de la figura de asociación ilícita para poder detener preventivamente al ex presidente Carlos Menem y a su ex asesor, Emir Yoma. Para los camaristas, esta unificación debe realizarse para evitar un doble juzgamiento de los imputados.
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De todos modos, el fiscal de esa instancia Raúl Plee -ya había dictaminado sobre la conveniencia de unificar en Penal Económico la causa de las armas-pidió que Speroni siga investigando la ruta del dinero que se pagó por la exportación de material bélico y pólvora del Ejército a Croacia y Ecuador, apuntando fundamentalmente a los intermediarios como el ex coronel Diego Palleros y sus socios Jean Bertrand Lasnaud, Rubén Ormart y Alexis Pirella Avila, entre otros.
Retención
Al defender la competencia de Penal Económico, la sala II de la Cámara de Casación Penal sostuvo que luego del fallo de la Corte Suprema que eliminó la figura de «asociación ilícita» el delito más grave (que es el que marca qué juez debe prevalecer) es el de «contrabando agravado», que desde hace años investigan Speroni y últimamente su par Horacio Artabe que se inhibió y pasó todas las actuaciones al primero.
Pese a este fallo, Urso insiste en retener el sumario por supuesto enriquecimiento ilícito de Carlos Menem, Emir Yoma y otros ex funcionarios y familiares porque las salas I y II de la Cámara Federal Penal aún no se han expedido sobre los pedidos de inhibición y recusación que presentaron los abogados del ex presidente. César Arias y luego lo reemplazaron Oscar Roger y Oscar Salvi había apelado la decisión del juez federal Juan José Galeano que decidió apartarse de una investigación de supuesto enriquecimiento ilícito contra Menem que lo había denunciado Carlos Chacho Alvarez y otros diputados del Frepaso por presiones de Stornelli. Esa apelación se encuentra a consideración de los camaristas Luisa Riva Aramayo, Horacio Cattani y Gabriel Cavallo, quienes aún no definieron la cuestión de competencia.
Pero, además, Roger y Salvi habían apelado el empecinamiento de Urso y Stornelli de perseguir a Menem, Zulema Yoma (su ex esposa), Zulemita Menem e incluso la sucesión de su fallecido hijo Carlitos y otros 100 familiares porque entienden que el ex jefe de Estado ya fue investigado por ese presunto delito y por lo tanto se trata de «cosa juzgada». Para ello sostienen que tanto los jueces Miguel Morales, provincial de La Rioja y Jorge Ballestero, federal en la Capital, sobreseyeron al ex mandatario y sólo podría caberle una investigación desde 1988 cuando esos fallos quedaron firmes hasta el presente, pero, esa cuestión es la que debe dilucidar Galeano.
Estudio
Este recurso se encuentra a estudio de los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Luraschi y Horacio Cattani -también criticados por la Corte por avalar a Urso-Stornelli-, quienes aún no se han pronunciado sobre el incidente de competencia. David, Madueño y Fégoli analizaron que «las conductas investigadas en ambos fueros, referidas a la venta ilegal de material bélico al exterior están tan vinculadas entre sí, que continuar con instrucciones paralelas puede generar la escisión de hechos únicos, con la consiguiente posibilidad de violar la prohibición» del doble juzgamiento por el mismo delito.
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