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La Corte Suprema revocó la sentencia de Romina Tejerina
En su habitual acuerdo de los martes, los ministros de la Corte resolvieron que el Superior Tribunal de Justicia o quien corresponda (un tribunal de conjueces) dicte un nuevo fallo, ya que el emitido carecía de la "fundamentación necesaria".
La resolución fue aprobada por la mayoría integrada por los jueces Enrique Petracchi, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Elena Highton de Nolasco y Ricardo Lorenzetti, mientras que Carmen Argibay votó en disidencia.
De esta manera, la defensa de la joven jujeña dio un paso más que le permite sostener la esperanza de que su clienta recupere la libertad, algo por lo que viene luchando desde que fue condenada el 22 de junio de 2005.
El fallo revocatorio de la Corte fue adoptado por la "falta de fundamentación" en la decisión de la Justicia Jujeña al denegar la libertad a la joven acusada, por lo que ordenó revisar la pena impuesta.
La Corte compartió los argumentos emitidos por el procurador fiscal Eduardo Casal y revocó las resoluciones que el Tribunal Superior de Justicia de Jujuy dictó en contra de Tejerina.
Según consta el fallo, al que tuvo acceso la agencia Noticias Argentinas, el máximo tribunal dejó sin efecto el fallo que rechazó la excarcelación de la muchacha "por falta de fundamentación necesaria para configurar un acto jurisdiccional válido", por lo que dispuso que la Justicia de Jujuy dicte una nueva sentencia respecto de los planteos para la liberación de la acusada.
La chica -que asegura que la niña que dio a luz y a la que luego quitó la vida, fue producto de una violación supuestamente perpetrada por su vecino Eduardo Vargas- fue condenada por la Cámara Penal de Jujuy, bajo el cargo de homicidio calificado.
Por otro lado, la Corte cuestionó la resolución de los tribunales jujeños de paralizar los trámites de apelación de la condena hasta que se resolviese el proceso que afrontaba Vargas por "abuso sexual con penetración" en perjuicio de la joven y sobre el cual el 31 de octubre el máximo tribunal se expidió sobreseyendo definitivamente al acusado.
En el dictamen del procurador Casal se indicó que la Justicia jujeña "no sólo omitió el análisis legal que merecen los planteos vinculados con la libertad durante el proceso, merced a la genérica invocación de la fórmula constitucional de afianzar la justicia , sino que dejó de tratar las cuestiones reclamadas especialmente" por la defensa, "vinculadas con las reglas que surgen de tratados internacionales de derechos humanos".
"Concordantemente con lo dictaminado por el señor procurador fiscal, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca el fallo apelado para que, por intermedio de quien corresponda, se dicte uno nuevo conforme a derecho", indicó la mayoría en la Corte.
Romina Tejerina fue detenida acusada del asesinato de 20 puñaladas de su hija recién nacida, en febrero de 2003.
La joven, que en aquel entonces tenía 19 años, vivía en un barrio situado a 30 kilómetros de San Salvador de Jujuy y cursaba el último año del ciclo secundario cuando, el primero de agosto de 2002, fue presuntamente abusada por Vargas.
La fiscal Liliana Fernández de Montiel había solicitado la prisión perpetua por el delito de "homicidio agravado", mientras la defensa reclamó en el juicio la absolución por entender que Romina no es punible, ya que actuó bajo efectos de un brote psicótico a causa del abuso sexual.
Sin embargo, la sala II de la Cámara Penal de Jujuy no accedió ni a la solicitud de la Fiscalía ni a la defensa y fijó una pena de 14 años de prisión el 22 de junio del año pasado.
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