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Las propuestas pendientes de la Fundacion Axel Blumberg
Juristas y abogados que tienen o tuvieron actuación académica en universidades opinaron sobre algunas de las propuestas legislativas y jurídicas del ingeniero Juan Carlos Blumberg que, todavía, están pendientes de resolución. Se los consultó sobre cuatro propuestas que figuran en los petitorios que fueron presentados en el Congreso el 22 de abril y el 26 de agosto pasados. Así respondieron.

RESPONDEN
JULIAN A. DE DIEGO: DE ACUERDO. Sin embargo, habría que establecer algún mecanismo reglamentario previamente aprobado.
DANIEL ROQUE VITOLO: DE ACUERDO.
MARIO ALBERTO FORNASIARI: NO DE ACUERDO. Pero sí considero que jueces, fiscales y defensores deben mantenerse actualizados en derecho, tanto de fondo como procesal. En cuanto a los meritorios, creo que es imposible un control ciudadano porque el común de la gente desconoce las cuestiones técnicas. Sí se puede hacer un examen de ingreso para merituar sus condiciones.
JAIME MUSZKAT: DE ACUERDO. La reválida de títulos de los funcionarios tendría que hacerse cada dos años. Además, debería establecerse que cada persona que se gradúe con el título de abogado deberá aprobar un examen oral y escrito de habilitación profesional para poder ejercer y revalidar esa habilitación con un nuevo examen cada cinco años; esto se extenderá gradualmente a quienes ejercen actualmente.
FERNANDO DIEGO ALVAREZ: DE ACUERDO. La dinámica del actual del conocimiento exige actualización en todas las profesiones. Nadie querría operarse hoy con un cirujano recibido hace medio siglo, que no haya seguido estudiando. El punto acá es quién tomaría esas reválidas y quién controlaría los ingresos al Poder Judicial. Estas decisiones deberían estar lejos de la corporación política, pero también de las corporaciones profesionales y sindicales.
NYDIA ZINGMAN DE DOMINGUEZ: NO DE ACUERDO. Me parece que es más importante cómo logra ingresar en la Justicia un juez o un fiscal. Es en esta fase donde debe ejercerse un control estrictode su currículum, su capacidad, su formación y tener en cuenta su honestidad como persona. Después sí, debe existir una actualización obligatoria de los funcionarios como profesionales.
CARLOS ZORRAINDO: DE ACUERDO. Este mecanismo ya existe en mucho países y ha brindado excelentes resultados.
RICARDO MURO: NO DE ACUERDO. El título expedido por la respectiva universidad es suficiente para el ejercicio de la profesión de abogado. En todo caso, resultaría más apropiada la obligatoriedad de efectuar cursos de actualización y perfeccionamiento de la legislación, la jurisprudencia y la doctrina, tanto nacional como extranjera. Tampoco estoy de acuerdo con el examen de ingreso para los empleados del Poder Judicial: las tareas que realizan los empleados nuevos no ameritan semejante requisito.
LYDIA TERESA LUENGO: NO DE ACUERDO. La inamovilidad de los jueces mientras dure su buena conducta es garantía de que poseen para resolver libremente y sin presiones causas, cuya resolución podrían atentar contra su permanencia en el cargo. La instauración de un sistema oral, público, contradictorio y eminentemente acusatorio, para el juzgamiento de denuncias contra magistrados y funcionarios, absolutamente diferente del control que hoy realiza el Superior Tribunal de la Provincia de Buenos Aires que es de carácter inminentemente inquisitivo, implicaría suficiente garantía acorde con la Constitución Nacional, que aseguraría contar con buenos jueces y funcionarios judiciales sin dejar librado a vaivenes personales y subjetivos lo que pudieren decidir en el ejercicio de funciones. En relación con la designación de nuevos integrantes del Poder Judicial, entiendo que el examen de ingreso o condiciones equivalentes, como el haber actuado en el puesto de meritorio «ad honorem», o haber aprobado cierta cantidad de materias en la Facultad de Derecho puede constituir la base de una selección frente a la existencia de muchas personas interesadas que se pudieren presentar.
PROPUESTA II
Contribuir a la implementación inmediata de los juicios por jurados en donde se juzguen delitos graves y aberrantes, y aquellos delitos cometidos por funcionarios públicos. Cooperar e implementar la elección por la ciudadanía de fiscales y comisarios por barrios y/o localidades.
RESPONDEN
FERNANDO DE LA RUA: DE ACUERDO. Con incorporar control popular por jueces populares (escabinos) sumados a los jueces técnicos para los delitos más graves. Imponerlo para todas las causas contra funcionarios públicos, significaría una extensión inconmensurable (por ej.: docentes, militares, policías, empleados no políticos). La elección de fiscales y comisarios no asegura calidad. Sí debe otorgarse al pueblo poder de revocatoria o expulsión por referendo.
JULIAN A. DE DIEGO: DE ACUERDO.
CLAUDIA NEIRA: DE ACUERDO. Estoy de acuerdo con la implementación del juicio por jurado como parte de una reforma procesal penal integral. Igualmente, entiendo que el juicio por jurado debe darse en un contexto de resignificación de los sujetos que forman parte de nuestra sociedad a partir de la celebración de un contrato moral que establezca un orden social igualitario. La construcción de ciudadanía y la revinculación del sujeto con la norma son dos objetivos indispensables para el funcionamiento del juicio por jurados.
DANIEL ROQUE VITOLO: NO DE ACUERDO.
LEONARDO ALFREDO LUBEL: NO DE ACUERDO. Si bien el juicio por jurados está previsto en la Constitución nacional de 1853, jamás se ha reglamentado en nuestro país. Sin haber profundizado el estudio del tema (que se concibe, en general, para el proceso penal), estimo que no es un sistema que pueda aplicarse, en el corto plazo, en nuestra república. Para hacer las cosas seriamente habría que preparar el sistema, para que lo ponga en práctica la próxima generación. En el caso de la elección de la ciudadanía de fiscales y comisarios por barrios y/o localidades, no me parece una idea descabellada.
MARIO ALBERTO FORNASIARI: NO DE ACUERDO. a) El juicio por jurado no existe en nuestra cultura jurídica. b) Es sumamente costoso. c) En este momento, la nuestra es una sociedad muy sensibilizada por el tema de la inseguridad y eso atenta contra cualquier ecuanimidad. En cuanto a la elección por la ciudadanía de fiscales y comisarios por barrios o localidades, no estoy de acuerdo porque es someter cuestiones jurídicas a la política.
JAIME MUSZKAT: DE ACUERDO. Debe estudiarse, considerarse y evaluarse la implementación y la experiencia de países centenarios en la materia. Considerando las características actuales de nuestra población, la aplicación no puede ser inmediata, pues debe haber un amplio período de información y capacitación de la ciudadanía para que pueda cumplir correctamente esos roles.
FERNANDO DIEGO ALVAREZ: DE ACUERDO. Hace dos meses, aproximadamente, como director ejecutivo de la Red Libertad, estuve junto al ingeniero Blumberg en Nueva York, viendo cómo funciona satisfactoriamente el sistema de juicio por jurados y la exitosa política de seguridad implementada por el ex alcalde Giuliani. Un tema sensible por resolver sería que la gente se sienta realmente protegida y motivada para ser jurado. En nuestro país, a veces cuesta conseguir un testigo o un presidente de mesa. Pero vale la pena intentarlo.
NYDIA ZINGMAN DE DOMINGUEZ: DE ACUERDO. Para este tipo de delito me parece favorable para evitar la corrupción o que la teoría o el rigorismo jurídico lleguen a soluciones adversas a las penalidades debidas. Pareciera que el juicio por jurado puede atemperar esto, porque no se puede corromper a todo un jurado o es mucho más dificultoso, aunque no imposible. Sobre la elección de fiscales y policías no tengo opinión formada. Salgan de donde salgan, el tema es que sean aptos psicológicamente y no tengan un pasado o presente delictual.
CARLOS ZORRAINDO: DE ACUERDO (parcialmente). Es mi criterio el establecimiento de juicio por jurados para el juzgamiento de cualquier delito. No estoy de acuerdo en la elección de comisarios por barrios ya que la profesionalidad policial no se soluciona con una elección, sino con la modificación de estructuras institucionales.
RICARDO MURO: DE ACUERDO. Estoy de acuerdo con la implementación inmediata del juicio por jurados. Y para toda clase de delitos. Ello porque así lo ordenan tres artículos de la Constitución nacional: el mandato del constituyente fue muy claro. Por otro lado, debe tenerse en cuenta que la ciudadanía no participa actualmente de ninguna forma en la actividad del Poder Judicial, a pesar de que el poder reside en el pueblo, que es soberano. El sistema de juicio por jurados funciona como una suerte de autorización que la ciudadanía le otorga al Estado para aplicar una sanción a una persona. Al resolver la culpabilidad o inocencia de un ciudadano, es el pueblo el que decide si el imputado merece ser castigado o no. De esta manera, las personas tienen la garantía de ser juzgadas por «jueces» imparciales, desprovistos de cualquier intencionalidad previa y neutrales.
LYDIA TERESA LUENGO: DE ACUERDO. Estoy de acuerdo en la implementación del juicio por jurados previsto en la Constitución Nacional. Sin embargo, a la « inmediata implementación» que se pretende, cabe realizar la siguiente reflexión: luego de casi un siglo de utilización de un sistema de enjuiciamiento de corte netamente inquisitivo en el orden nacional, y para casi todas las causas, en la provincia de Buenos Aires está costando todavía el manejo productivo y natural de un verdadero juicio contradictorio entre fiscal y defensor. Cabe destacar que, en el juicio por jurados, las partes deben argumentar ante el mismo de un modo claro y didáctico, pero concluyente y definitivo, todo lo cual requiere una verdadera capacitación y entrenamiento que va a llevar su tiempo. Es por esto que estimo que no pueden pretenderse alcanzar objetivos inmediatos con esta pretendida reforma, más allá de que reiteremos nuestro pleno acuerdo con ella. En síntesis, la instauración del juicio por jurados requiere una profunda y especial capacitación de los operadores del sistema, porque ellos son en definitiva quienes presentarán los hechos y el derecho ante el jurado.
PROPUESTA III
Propender y colaborar en la sanción de códigos procesales unificados entre Nación y provincias en un plazo de 90 días. Ello, a fin de hacer más efectiva la administración de justicia y preservar la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para los casos ejemplares, en donde estén en discusión los derechos fundamentales de los argentinos, puesto que la emergencia no es un problema único del Poder Judicial de la Nación, sino de la mayoría de las Justicias provinciales.
RESPONDEN
FERNANDO DE LA RUA: DE ACUERDO. Todos los códigos son similares, con juicio oral. Deben uniformarse la excarcelación y la ejecución penal. La mayor y más problemática diferencia se da en el de Buenos Aires respecto de los demás, por lo que sería fácil la unificación igualándolo con el nacional. El segundo párrafo es enunciativo sobre la Corte Suprema, que ejerce el control superior de constitucionalidad.
JULIAN A. DE DIEGO: DE ACUERDO.
CLAUDIA NEIRA: NO DE ACUERDO. Con la unificación de los códigos procesales entre Nación y provincias en el plazo de 90 días. Ello resultaría imposible y cualquier intento al respecto con carácter de urgente implicaría negar no sólo el fundamento constitucional de la competencia de las provincias en materia de forma, sino los distintos procesos históricos que han llevado a la implementación de sistemas procesales diferentes entre ellas. Sí estoy de acuerdo con limitar la competencia de la CSJ, a fin de garantizar que cumpla con sus funciones esenciales.
DANIEL ROQUE VITOLO: DE ACUERDO.
LEONARDO ALFREDO LUBEL: NO DE ACUERDO. Ante todo, ese plazo no se puede cumplir. De todos modos, en los términos de los arts. 1, 5 y 76, inc. 12 de la Constitución nacional, cada Estado está habilitado para dictar su propio código procesal; se trata de una legislación local y no federal. Lo único que podría encararse a largo plazo sería un «código procesal nacional», si es que todas las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Estado Federal se pusiesen de acuerdo.
MARIO ALBERTO FORNASIARI: NO DE ACUERDO. Para que se pueda dictar desde el Congreso un código procesal unificado hay que reformar la Constitución nacional, porque se trata de un poder no delegado por las provincias. Si se materializa por un acuerdo entre Nación y las provincias, habría que determinar el modelo, tal como se hizo con el Código Procesal Civil Modelo para Iberoamérica.
JAIME MUSZKAT: DE ACUERDO. Habría que preservar algunas características y modalidades regionales. A partir de la sanción de un código unificado, su entrada en vigencia debería ser a los 180 días para posibilitar su conocimiento y correcta aplicación. Debe establecerse una competencia reglada a la Corte Suprema y derogarse el art. 280 1ra. parte del CPCCN (reformado por Ley 23.774), que otorga facultades discrecionales para rechazar recursos sin considerarlos a un tribunal que continúa siendo vulnerable e influenciable.
FERNANDO DIEGO ALVAREZ: DE ACUERDO. Sólo agregaría que cambiar los códigos no es todo, sino que hay que trabajar sobre algunas prácticas burocráticas y prejuicios ideológicos que hacen ineficiente su aplicación. A veces también los «códigos dicen lo que los jueces dicen que dicen».
NYDIA ZINGMAN DE DOMINGUEZ: NO DE ACUERDO. No hay por qué hacer nuevos códigos que implican reunir gente y gastar dinero. Eso se soluciona con reformas a los ya existentes. La unificación de códigos no garantiza una preservación de la intervención de la Corte Suprema sólo para los casos ejemplares; además, hay que tener en cuenta que es derecho de los ciudadanos llegar hasta la tercera instancia. Es muy importante la organización y la forma de funcionamiento de la Corte para poder suministrar justicia en tiempo válido para que sea tal.
CARLOS ZORRAINDO: NO DE ACUERDO. El propósito sería loable pero nuestra organización federal no lo admite. Se alterarían las autonomías provinciales y las facultades no delegadas (art. 104 de la CN).
RICARDO MURO: NO DE ACUERDO. Debido a nuestra organización constitucional y a nuestra forma federal de Estado, cada provincia se dicta su propio código procesal. Esta es una función no delegada a la Nación por las provincias, motivo por el cual si el Congreso nacional dicta un código de las características aludidas, éste sería claramente inconstitucional. Sí, podrían ponerse de acuerdo todas las jurisdicciones y sancionar un código similar, pero a pesar de ello cualquier Estado provincial está facultado para efectuar las reformas que considere necesarias y en cualquier tiempo, y de esa manera el mismo código tendría tantas reformas que rápidamente el supuesto «código unificado» sería tan diversificado como la cantidad de provincias que existen.
LYDIA TERESA LUENGO: NO DE ACUERDO. No lo considero esencial en lo inmediato para una más eficaz administración de Justicia, pudiendo resultar constitucionalmente discutible. Por otra parte, el objetivo que persiguen quienes lo peticionan puede obtenerse a partir del establecimiento de reglas de procedimiento tipo a adoptar por las diferentes provincias y el establecimiento de convenios interprovinciales tendientes a agilizar las diligencias judiciales.
PROPUESTA IV
Reformar el Consejo de la Magistratura a los efectos de disminuir la representación del sector político en su seno, de manera que se garantice la independencia real de los poderes.
RESPONDEN
FERNANDO DE LA RUA: DE ACUERDO. El Consejo de la Magistratura, mala secuela de la reforma de 1994, costoso y poco eficiente, debería ser más judicial y menos político. Para ello sería necesario reducir sus integrantes y su burocracia. No debería estar integrado por legisladores.
JULIAN A. DE DIEGO: DE ACUERDO.
CLAUDIA NEIRA: DE ACUERDO. Estoy de acuerdo con la disminución de la representación del sector político mientras ello no tenga como consecuencia acotar la representación de las minorías y garantizar el espacio de los partidos mayoritarios.
DANIEL ROQUE VITOLO: DE ACUERDO.
LEONARDO ALFREDO LUBEL: DE ACUERDO. Me parece una iniciativa sana y puede implementarse merced a la reforma de la Ley 24.937, siempre y cuando se respeten los lineamientos generales del art. 114, párrafo segundo, de la Constitución nacional.
MARIO ALBERTO FORNASIARI: DE ACUERDO.
JAIME MUSZKAT: DE ACUERDO. Debería reducirse el númerode miembros y derogarse y/o reformarse algunas normas y reglamentaciones que burocratizan y demoran injustificadamente las actuaciones y decisiones del Consejo.
FERNANDO DIEGO ALVAREZ: DE ACUERDO. Sin embargo, es bueno recordar que los procedimientos en sí mismos no garantizan la independencia, sino que muchas veces son la convalidación formal de decisiones políticas previamente tomadas. Miremos el nombramiento del juez Eugenio Zaffaroni en la Corte Suprema. Y miremos, también, a los EE.UU., donde no hay algo similar al Consejo de la Magistratura y, sin embargo, es uno de los poderes judiciales más independientes. En definitiva, si el Poder Ejecutivo propusiera a los mejores y el Senado no diera o rechazara acuerdos por razones políticas, tendríamos otra Justicia.
NYDIA ZINGMAN DE DOMINGUEZ: DE ACUERDO. Todo lo que garantice la independencia de la Justicia es saludable, y cuando menos intervención del poder político exista creo que será mejor.
CARLOS ZORRAINDO: DE ACUERDO. En realidad, estaría más de acuerdo en la supresión del Consejo de la Magistratura que en la modificación de su estructura. Ha demostrado ser un mecanismo poco apto y poco transparente.
RICARDO MURO: DE ACUERDO. Hay que reformar el Consejo de la Magistratura y directamente eliminar la representación del sector político en su seno. Estoy convencido de que la participación de legisladores en el mencionado Consejo es inconstitucional por violar el principio de la división de los tres poderes. La actuación de diputados y/o senadores en el Consejo es una clara invasión del Poder Legislativo en el ámbito del poder judicial. Por otro lado, la eliminación del sector político garantizaría el juzgamiento imparcial de los magistrados, al no existir la posibilidad de «arreglos partidistas de comité».
LYDIA TERESA LUENGO: DE ACUERDO.

