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23 de abril 2024 - 00:10

Ratificación del Domicilio de Explotación en CABA, lo que hay que saber

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), estableció, a comienzos del año 2022, que los contribuyentes de Ingresos Brutos, incluso aquellos que desarrollan actividades exentas, deben rectificar o ratificar este dato domiciliario, a los efectos de mantener actualizado el padrón del Fisco.

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A la luz de la reciente prórroga, dispuesta mediante el dictado de la Res. Nº 122/AGIP/2024, que extendió el plazo hasta el próximo 30 de abril, y debido a la vigencia de la Resolución 24/AGIP/2022, la Ciudad mantiene la obligatoriedad, respecto al Registro de Domicilios de Explotación (RDE), de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ISIB), el cual conforma una suerte de “empadronamiento actualizado” de inmuebles, y sus destinos, por parte de quienes los utilizan para sus actividades económicas (incluso de aquellos que desarrollan actividades exentas).

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Si bien la norma dispuso que, entre el 1° de enero y el 31 de marzo de cada año, todos los contribuyentes y/o responsables alcanzados por las disposiciones del RDE, deben ratificar o rectificar el/los domicilio/s de explotación declarado/s, como excepción, y a la luz de la prórroga recientemente dispuesta, el plazo para su cumplimiento se extendió hasta el 30 de este mes.

De esta forma, AGIP busca mantener permanentemente actualizado un nexo vinculante entre estos dos datos:

para así poder llevar a cabo la interacción entre diferentes bases de datos que posee.

Atento la proximidad de su vencimiento, repasaremos sus principales características.

Es el inmueble en el cual el contribuyente (del ISIB) ejerce o desarrolla, total o parcialmente, su actividad económica (cualquiera fuera la misma, incluso hasta aquellas que se encuentran exentas).

Resultan obligados a cumplimentar el RDE los siguientes contribuyentes y/o responsables del ISIB:

Los sujetos obligados, al momento de la inscripción, de la actualización de datos, y/o ratificación de ellos, deberán informar lo siguiente:

El Domicilio de Explotación debe ser:

La información debe ser registrada, rectificada o ratificada con carácter de Declaración Jurada, ingresando en la página “Web” de AGIP (https://www.agip.gob.ar/), y dentro de ella accediendo al aplicativo “Registro de Domicilios de Explotación (RDE)”, utilizando la Clave Ciudad, Nivel 02.

Por último, recordemos que la inscripción, actualización y/o ratificación del domicilio de explotación en el RDE, resultan obligatorias para poder realizar los siguientes trámites o procedimientos ante la AGIP:

(*) Contador Público, profesor universitario de impuestos

Dictada el 03/04/2024, BOCBA: 6847 del 08/04/2024

Dictada el 18/01/2022, BOCBA: 6301 del 20/01/2022

Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación

Agencia Gubernamental de Control

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