OBRAS SOCIALES
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Ley 27.711 (BO 2/5/23)
Certificado Único
de Discapacidad
La Ley 27.711 dispuso que el Certificado Único de Discapacidad (CUD), establecido en la Ley 22.431, se expida con o sin fecha de vencimiento quedando la Agencia Nacional de Discapacidad a cargo de la actualización del mismo, en función de la concepción dinámica de la discapacidad dispuesta por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Dicha actualización deberá implementar la flexibilización de los requisitos para su otorgamiento. La Agencia definirá las condiciones y lineamientos del certificado incluyendo el fortalecimiento de las juntas evaluadoras de las personas con discapacidad y considerando las recomendaciones del Consejo Federal de Discapacidad. La beneficiaria puede solicitar la actualización del Certificado en cualquier momento.
RIESGOS DEL TRABAJO
Disp. 4/23 (GCP-SRT)
(BO 2/5/23)
Fondo de las prestaciones
por riesgo del trabajo.
Aporte abril 2023
La Gerencia de Control Prestacional de la SRT estableció el valor de la suma fija prevista en el art. 5° del Dto. 590/97 y sus modificatorias y complementaria, calculada conforme lo dispuesto en el art. 2° de la Res. 467/21 (MTESS) y en el art. 2° de la Res. 649/22 (MTESS), en $217 para el devengado abril 2023 que se abonará a partir del mes de mayo.
L.M.S.
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