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23 de octubre 2006 - 00:00

A todo o nada

Felipe Solá va a la Justicia Electoral bonaerense con un reclamo polémico sobre si puede ser elegido para un mandato más. Argumentará un tecnicismo: que nunca su nombre fue elegido en las urnas "dos veces", cuando la Constitución sólo veta para un tercer mandato. Si se lo rechaza, no tendrá instancia de apelación porque la Suprema Corte no entiende de cuestiones electorales. Sólo podrá hacerlo si reclama por su derecho constitucional a ser candidato, algo que argumentó Carlos Menem en 1998, aunque sin llegar a esa instancia.

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Felipe Solá y Aníbal Fernández.
En 1949, Domingo Mercante rechazó que su mandato como gobernador, que inició en 1946 y por ley duraba 4 años, se extendiera de manera antojadiza hasta 1952 para hacer coincidir la votación provincial con la presidencial que luego ganaría Juan Domingo Perón.

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Fue Perón quien gestó esa disposición a la que adhirieron, mayoritariamente, los demás gobernadores. Mercante no: llamó a elecciones para el 50, fue candidato y ganó para un mandato irregular de dos años a pesar de que, con eso, agotó su única chance de reelección.

Al margen del paralelismo que se pueda trazar en referencia a la rebeldía que se atribuye a Mercante sobre el General, medio siglo después Felipe Solá planteará en la Justicia que «limitar» a 6 años su duración como gobernador escondería una discriminación.

Lejos de Mercante -pudo durar a 10 años pero se autolimitó a 6- Solá pedirá a la Junta Electoral que interprete el artículo 123 de la Constitución de Buenos Aires y lo autorice a competir en 2007 por otro mandato que le podría permitir ser gobernador durante una década.

Ese punto, en un entrelazado vasto y enrevesado, es quizá el más controvertido de los que en las próximas horas presentará Solá cuando pida una declaración de certeza sobre su intención de ser candidato en octubre próximo.

  • Ejes

    El concepto parece simple: la Constitución fija ocho años de mandato y si no puede ser candidato, Solá habrá estado en el gobierno durante seis. ¿Por qué -dicen los apologistas de La Plata- debe tener menos tiempo cuando cualquier otro está habilitado por ocho años?

    Sobre ese principio de «igualdad ante la ley» se hilarán los ejes de la presentación -de unas 40 carillas- que se radicará en las próximas horas. Aquí los detalles, el formato, los antecedentes y los actores de esa película en continuado con final incierto:

  • La presentación apuntará a que el artículo 123 no dice expresamente que quien fue electo vicegobernador y luego gobernador no puede aspirar a otro mandato. Prohíbe, aclaran, la reciprocidad o el tercer mandato, pero no es el caso de Solá porque en una boleta fue como vice y en la otra como gobernador. Raúl Zaffaroni dijo, en su momento, que fue un error de redacción y que el ahorro de palabras de los constituyentes de 1994 dejó una zona gris que podría autorizar a Solá. Los felipistas manejan otra carta: dicen que en la Convención de aquel año -que reformó la Constitución para que Eduardo Duhalde pudiera ser reelecto- existió al menos una propuesta para contemplar el caso del vice luego gobernador que ahora enfrenta Solá. Recuerdan que fue un planteo elevado por Luis Genoud, ahora miembro de la Corte Suprema, y Dardo Otonello, luego diputado provincial, que ahora coquetea con Roberto Lavagna. La sugerencia fue analizada por los constituyentes y fue desechada, recuerdan los memoriosos. Es decir: la alternativa que hoy enfrenta Solá no fue obviada, sino que, en el espíritu de los convencionales, nunca estuvo la intención de impedir a quien fuera vicegobernador luego ser gobernador por dos mandatos. Puede haber una factura para Osvaldo Mércuri y Alberto Pierri, por entonces los dos coroneles del PJ que peleaban por suceder a Duhalde, y que se preocuparon más por clausurarle a Rafael «Balito» Romá, que había sido dos veces vice de Duhalde, la posibilidad de ser luego gobernador. Por eso lo de la «reciprocidad» que apunta el artículo 123.

  • El otro punto refiere al ámbito donde se hace la presentación: la Junta Electoral provincial, creada en la reforma de 1994, que preside el titular de la Corte bonaerense e integran el presidente del Tribunal de Cuentas, Eduardo Grimberg, y los presidentes de las Cámaras de Apelaciones con asiento en La Plata. Ese punto, como la cuestión de los integrantes de la Junta, supone un interesante debate en sí mismo -ver vinculada-, pero el felipismo entendió que es a ese organismo, más que a la Corte provincial, adonde debía recurrir. Allí lo hará con el criterio de que «son los jueces» los que deben interpretar la Constitución -no sólo la Corte- y porque es el máximo tribunal bonaerense en materia electoral.

  • Urgencia

  • Planteará no sólo que la Junta Electoral debe resolver el asunto, sino que debe hacerlo perentoriamente porque demorar una resolución, postergándola hasta el año que viene -con el criterio de que sólo pueda actuar si hay un cronograma electoral-, sería someter al peronismo a estar durante varios meses sin «un» candidato y, además, sin el candidato que, nadie puede negarlo, mejor rankea: Solá más que duplica en intención de voto a cualquiera de los demás aspirantes del kirchnerismo. Al margen de esa valoración, en el felipismo suponen que en «20 días o un mes» la Junta emitirá una resolución que imaginan favorable.

  • Surgen, de allí, dos cuestiones conexas: 1) la referida a si la Junta debe o puede actuar cuando todavía no comenzó el proceso electoral. En La Plata arguyen que es un órgano permanente y que hay antecedentes de que la Justicia electoral -citan el caso de Luis Zamora, en 1991- falló anticipadamente. 2) De existir una resolución, por la negativa o por la positiva, ¿cuál sería el tribunal de alzada? ¿la Corte? Las resoluciones de la Junta Electoral son inapelables, al punto de que un juez contencioso que quiso discutir un dictamen estuvo a punto de enfrentar un enjuiciamiento. Es decir: por el sí o por el no, lo resuelto por la Junta podría ser la última palabra porque, además, la Corte Suprema de la Nación ha dicho más de una vez que no interviene en cuestiones electorales.
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