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22 de abril 2021 - 00:00

Extienden hasta fin de mayo la prohibición de despidos; la construcción queda afuera

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El Gobierno extenderá hasta fin de mayo la prohibición de despidos que rige desde el inicio de la pandemia, pero en esta ocasión dejará al margen de esta cobertura a los trabajadores de la construcción. Se trata de la sexta prórroga del decreto 329/2020 que vedó a los empresarios de producir cesantías sin justa causa o por falta o disminución de trabajo, o bien por fuerza mayor, al igual que establecer suspensiones unilaterales. La medida continuará en vigencia en paralelo con la norma que al menos hasta fin de año duplica el valor de las indemnizaciones en caso de despidos con un tope de $500 mil para el recargo.

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La principal novedad de la prórroga de la prohibición de despidos que ya preparó Claudio Moroni y de publicación inminente en el Boletín Oficial será la exclusión de los operarios de la construcción. Es que el sector, uno de los más golpeados por la parálisis de la actividad económica desde el arranque de la crisis del coronavirus, se rige por un estatuto propio diferenciado de la Ley de Contrato de Trabajo y hubo cesantías en la actividad que terminaron judicializadas por la veda impuesta por los DNU. Por caso, el grupo Techint despidió a 1.450 obreros en marzo del año pasado a poco de declararse la pandemia y confirmó la resolución a pesar de los intentos en sentido contrario del Ejecutivo y los dichos del propio Alberto Fernández, quien en esa oportunidad sugirió que empresarios como Paolo Rocca tenían comportamiento de “miserables”.

De todos modos en el Frente de Todos reivindicaron la veda de cesantías y la doble indemnización como dos diques clave contra una ola de despidos desde el año pasado en sectores sensibles de la economía. Para los funcionarios fueron dos herramientas que, combinadas con la asistencia financiera a empresas para el pago de salarios a través del programa ATP primero, y en la actualidad con el rediseño del Repro II, contuvieron un número muy vasto de puestos laborales que de otro modo hubiesen engrosado el índice del desempleo. Según el INDEC la desocupación llegó a 11% en su última medición de fin de este año.

Una vez más la extensión de la prohibición se hará en base a la “emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social” que implantó Alberto Fernández a partir de la cuarentena. Desde su misma génesis las cámaras empresarias objetaron la vigencia tanto de esa medida como de la doble indemnización por entender que oficiaron como un sobrecosto para empleadores de por sí jaqueados por la crisis además de desaliento para la contratación de nuevos dependientes.

El decreto de necesidad y urgencia 329/2020 de marzo del año pasado implantó por primera vez la prohibición de los despidos como consecuencia de la declaración del aislamiento preventivo, social y obligatorio (ASPO) y luego el Gobierno prorrogó la norma en cinco ocasiones hasta el 30 de abril. En aquella oportunidad se instrumentó junto con otras medidas como la postergación o disminución de obligaciones tributarias y de la seguridad social y a continuación la implementación de programas como el ATP y el Repro II así como créditos blandos para el pago de salarios.

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